Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 9 de noviembre de 2021

Página 30

c Que en el escrito de solicitud de licencia se comprometa a no utilizar la construcción hasta tanto no se esté concluida la obra de urbanización, y a establecer tal condición en las cesiones de derecho de propiedad o de uso que se lleven a efecto para todo o parte del edificio.
d Que se presente aval por importe del 100 % del coste de la obra de urbanización.
3. En el caso de que convenga a los intereses generales de la junta la edificación de algún terreno por cuenta de la misma, podrá acordarse así en asamblea general por acuerdo adoptado por los de las cuotas de participación presentes o representadas, siendo aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior.
4. No se permitirá la ocupación de los edificios hasta que no esté realizada totalmente la urbanización que afecte a los mismos y estén en condiciones de funcionamiento los suministros de agua y energía eléctrica y las redes de alcantarillado y se haya obtenido licencia de primera ocupación.
Base vigesimosegunda. Conservación de la urbanización 1. Hasta tanto se produzca la recepción de los terrenos y servicios por la entidad urbanística de conservación, la conservación de la urbanización corre a cargo de la Junta de Compensación, estándose al criterio de proporcionalidad general entre los miembros de la misma, aplicable a la distribución de beneficios y cargas para el pago de cuotas de conservación, y sin perjuicio de lo dispuesto en la base vigésimo cuarta.
2. En cuanto a los adquirentes de terrenos por cualquier título, las cuotas a satisfacer, en relación con las totales, vendrán determinadas por la proporción que guarda el valor de los terrenos respecto al total de las fincas resultantes y serán siempre a cargo de cada uno de los adquirentes, sin posibilidad de pacto en contrario con la Junta de Compensación, como excepción al principio general establecido en el número tres de la base decimotercera.
Base vigesimotercera. Transmisión al Ayuntamiento de terrenos y servicios 1. El acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación producirá la transmisión al Ayuntamiento de los terrenos que han de ser objeto de cesión gratuita, así como del 10 %
del aprovechamiento, salvo que se acuerde, mediante resolución motivada, el abono al municipio de su valor en metálico, total o parcialmente, previa tramitación del expediente correspondiente.
2. La adjudicación de fincas y cesión de terrenos a la administración actuante se formalizará en escritura pública o en documento expedido por la misma, con las solemnidades y requisitos de las actas de sus acuerdos. La cesión de obras e instalaciones se reflejará en acta que se suscribirá con la Junta de Compensación.
Base vigesimocuarta. Constitución de entidad urbanística de conservación 1. La conservación de las obras de urbanización y el mantenimiento de las dotaciones e instalaciones de los servicios públicos, correrá a cargo de los propietarios o copropietarios adjudicatarios de las fincas resultantes en el proyecto de reparcelación, que constituirán obligatoriamente al efecto una entidad urbanística de conservación.
2. La participación de cada propietario o copropietario en la entidad urbanística de conservación será idéntica a la que ostentare en la Junta de Compensación.
3. En los compromisos anteriores a la constitución de la entidad de conservación, entre los miembros de la junta y los adquirentes de las fincas resultantes, deberá expresarse el compromiso relativo a la conservación de las obras y servicios de urbanización que, conforme al planeamiento urbanístico, haya de asumir y su incorporación a la entidad de conservación de los futuros propietarios. Para ello, los miembros de la junta deberán hacer constar expresamente estos compromisos en los contratos de enajenación de los solares o edificios, con expresa aceptación de estos compromisos por los adquirentes y debidamente formalizados en la correspondiente escritura pública
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Número 213

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data09/11/2021

Conteggio pagine32

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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