Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 5 de noviembre de 2021

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5. Igualmente, con anterioridad a la realización del pago de las subvenciones, las entidades beneficiarias deben haber justificado en su totalidad las subvenciones anteriormente percibidas del Ayuntamiento de Archidona, y en su caso, hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas.
6. En ningún caso el importe de la subvención unido al de otras posibles subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado podrá superar el coste de la actividad.
Artículo 5. Financiación de la convocatoria La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de estas bases se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto del año correspondiente a la convocatoria.
La dotación de la subvención se determinará en función de las disponibilidades del presupuesto de este Ayuntamiento. En todo caso en cada convocatoria se establecerá la cuantía total de la misma.
Artículo 6. Formalización de las solicitudes y documentación 1. Las solicitudes y el resto de la documentación requerida en estas bases, se encontrarán a disposición de los clubes deportivos interesados en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Archidona donde se publicarán una vez aprobada la convocatoria correspondiente.
2. La solicitud se formalizará mediante instancia dirigida a la persona titular de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Archidona, conforme al anexo I de las presentes bases y se presentará, acompañada del resto de documentación por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento https archidona.sedelectronica.es/.
Para la presentación electrónica, las entidades solicitantes podrán utilizar los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada, basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación, conforme a lo previsto en el artículo 10.2.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
A.Documentación General 1. Anexo de alta de tercero y/o modificación datos bancarios, según modelo normalizado por el Ayuntamiento y disponible en la sede electrónica.
2. Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
3. Certificado del acta o acuerdo donde se nombra al Presidente del club y credencial de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Andalucía.
4. Declaración del Presidente de la entidad sobre las subvenciones o ayudas solicitadas y/o concedidas por administraciones públicas o privadas para la realización de las actividades para las que se solicita subvención, conforme al modelo que figura como anexo II.
5. Declaración responsable de que la entidad no está incursa en alguna de las causas determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al modelo que figura como anexo III.
6. Certificados de estar al corriente con la Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica, Hacienda Local y Seguridad Social.
B.Documentación específica de la actividad deportiva 1. Proyecto deportivo de cada una de las competiciones para las que se solicita subvención con su correspondiente presupuesto de ingresos y gastos y la cantidad que solicita de subvención, conforme al modelo que figura como anexo IV. Se empleará una hoja para cada competición subvencionable indicando el orden de preferencia en cada una de ellas.

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Número 211

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data07/11/2021

Conteggio pagine25

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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