Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 193

Viernes, 8 de octubre de 2021

Página 3

1.3. Territorial El presente convenio afecta a todos los trabajadores/as reseñados en el apartado 1.1. del presente artículo, que presten servicios en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre.
1.4. Temporal El presente convenio tendrá una vigencia desde el 30 de julio de 2021 al 29 de julio de 2024.

2.2. Revisiones Durante el periodo de vigencia del presente convenio y el de sus posibles prórrogas, las retribuciones establecidas en los artículos 12.º y 13.º del capítulo V, sufrirán los incrementos porcentuales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los empleados de la Administración Civil del Estado para el montante total de la masa salarial.
Artículo 3. Denuncia del convenio A los efectos de denuncia del convenio, la representación de los trabajadores/as preavisará la fecha de inicio de las negociaciones y presentará la plataforma objeto de las mismas, con al menos tres meses de antelación a su vencimiento, manteniendo su vigencia el presente convenio hasta la finalización de las negociaciones. En caso de denuncia, dichas negociaciones deberán dar comienzo dentro del mes siguiente a la fecha en que se formule la misma y se haga entrega de la plataforma.
Artículo 4. Absorción, compensación y condiciones más beneficiosas a Garantías A partir del inicio de sus relaciones, todos los trabajadores/as incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, cualesquiera que sea su edad o estado civil, disfrutarán de los derechos reconocidos en el mismo, con las limitaciones en él contenidas.
b Condiciones más beneficiosas En el caso de que reformas normativas reconozcan condiciones más beneficiosas a los trabajadores, que las establecidas en el presente convenio, las partes se comprometen, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de la norma, a iniciar las negociaciones, al objeto de acordar las adaptaciones oportunas del articulado de este acuerdo.
c Asistencia jurídica El Ayuntamiento se obliga a prestar asistencia jurídica a todos los empleados incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, en cualesquiera procedimientos judiciales en el orden penal o civil que se les incoen, así como en las actuaciones que se promuevan en su contra, con carácter preliminar al proceso o en el ámbito policial o gubernativo, por los actos u omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos, siempre que por tales actuaciones, no se causen dolosamente daños o perjuicios en los bienes y derechos de la Corporación Municipal.

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Artículo 2. Prórrogas y revisiones 2.1. Prórrogas Una vez agotada su vigencia temporal, al presente convenio se le otorgará nueva vigencia automáticamente por periodos anuales, salvo que cualquiera de las partes lo denuncie formalmente con al menos tres meses de antelación, a la fecha de expiración de su vigencia o de la de cualquiera de sus prórrogas.
En el supuesto de no mediar denuncia, teniendo nueva vigencia por espacio de un año, las partes se comprometen expresamente a iniciar las negociaciones tendentes a la consecución de un nuevo convenio, en el plazo máximo de los seis meses siguientes a la fecha de efectos de la nueva vigencia.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/10/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data09/10/2021

Conteggio pagine32

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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