Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/9/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 7 de septiembre de 2021
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ejecución, en el caso de que se hayan producido modificaciones sustanciales respecto a este y a efectos de su legalización.
Fotografías en color de la obra terminada, con nitidez y amplitud suficientes en las que se aprecien las fachadas, la cubierta y la urbanización de las calles que circunden la parcela. Estas fotografías serán al menos dos de cada uno de los aspectos indicados, tomadas desde posiciones diferentes.
Certificación o informe de las empresas suministradoras de los distintos servicios acreditando su correcta ejecución, en caso de que se hayan ejecutado nuevas instalaciones, o haya sido necesario renovar las existentes.
4. Primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones con licencia de obras, según artículo 39 d de estas ordenanzas.
Deberá acompañarse con el correspondiente modelo de declaración responsable modelo 04 de declaración responsable de los que relacionan en el apartado 6. Formularios suscrito por el promotor la siguiente documentación:
Acreditación de la representación que se ostenta en su caso.
Justificante de pago mediante autoliquidación de la tasa municipal.
Certificado final de obras, suscrito por los técnicos directores de la misma y debidamente visado por el colegio profesional correspondiente, acreditativo de la fecha de terminación de las obras, su ajuste a la licencia de obras concedida y de sus condiciones de utilización; incluido certificado final de obras de urbanización cuando estas se hubieran ejecutado simultáneamente.
Proyecto final de obras, en formato digital y, en su caso, acompañado cuando así sea necesario de una copia impresa del mismo, con el alcance y contenido del proyecto de ejecución, en el caso de que se hayan producido modificaciones sustanciales respecto a este y a efectos de su legalización.
Justificación del coste real y efectivo de las obras objeto de declaración responsable a efectos de la cuantificación de la liquidación definitiva del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de acuerdo con la ordenanza fiscal en vigor.
Fotografías en color de la obra terminada, con nitidez y amplitud suficientes en las que se aprecien las fachadas, la cubierta y la urbanización de las calles que circunden la parcela. Estas fotografías serán al menos dos de cada uno de los aspectos indicados, tomadas desde posiciones diferentes.
Certificado de la administración competente en materia de telecomunicaciones en el que conste que ha sido presentado el correspondiente proyecto técnico de I. C. T., y el certificado de instalación, o boletín de instalador cuando se trate de edificios con un número inferior o igual a veinte viviendas.
Certificado, en su caso, de la dirección facultativa, acreditativo del cumplimiento de lo dispuesto en la normativa técnica reguladora de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.
Ficha técnica descriptiva de la instalación del ascensor RAE y documentación acreditativa de haber registrado esta y las demás instalaciones y elementos existentes en las edificaciones objeto de licencia en el órgano competente de la Junta de Andalucía, en su caso y cuando así lo requiera la normativa que lo regula.
Contrato de mantenimiento de la instalación solar térmica, en su caso.
Ensayo acústico, relativo al cumplimiento de la normativa sobre calidad y prevención establecida en la legislación sobre protección contra la contaminación acústica vigente, en el caso de existir instalaciones productoras de ruidos y vibraciones.
Certificado que garantice el cumplimiento del Decreto 127/2001, de 5 de junio, sobre medidas de seguridad de parques infantiles, en caso de que se trate de edificaciones con zona recreativa infantil, exentas de licencia de apertura.
CVE: 20210907-06729-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 171