Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 7 de septiembre de 2021

Página 23

CAPÍTULO II

Declaraciones responsables y comunicaciones Sección primera. Declaraciones responsables Artículo 38. Concepto de declaración responsable La declaración responsable es el documento suscrito por el interesado, en el que este manifiesta, bajo su responsabilidad, que el ejercicio de las actuaciones urbanísticas declaradas cumple con los requisitos exigidos por la presente ordenanza y el resto de la normativa vigente aplicable para su realización, que dispone de la documentación exigida que así lo acredita y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el tiempo inherente a dicho ejercicio.
Artículo 39. Actos sujetos a la declaración responsable a Las obras de edificación de nueva construcción de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.
b Las obras en edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, siempre y cuando no alteren su configuración arquitectónica, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior o el conjunto del sistema estructural, y que tampoco alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
c La ocupación o utilización de las obras del apartado anterior, siempre que las edificaciones e instalaciones se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.
d La primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones, siempre que se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación y con la licencia de obras concedida, y se encuentre ultimada la gestión y ejecución del planeamiento.
e Los cambios de uso en las edificaciones señaladas en el apartado b, o en parte de las mismas, dentro de los permitidos por la ordenación urbanística vigente.
En ningún caso la declaración responsable podrá afectar a un bien de dominio público, ni tampoco estar el inmueble protegido por el planeamiento urbanístico, o cualquier otra protección de carácter ambiental o histórico-artístico.
No podrán tramitarse mediante declaración responsable o comunicación previa todas aquellas actuaciones que no estén expresamente previstas en el artículo 169 bis LOUA.
Artículo 40. Efectos de las declaraciones responsables La declaración responsable faculta para realizar la actuación urbanística pretendida en la solicitud desde el día de su presentación, simpere que vaya acompañada de la documentación requerida en cada caso, y sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que correspondan.
Artículo 41. Presentación de las declaraciones responsables 1. La declaración responsable se presentará en los registros previstos en la normativa vigente con anterioridad al comienzo de las obras o instalaciones, habilitando el inicio de las actuaciones señaladas en el formulario, que deberá estar debidamente cumplimentado.
2. La documentación reseñada en el anexo II de la presente ordenanza, deberá estar en posesión de la persona física o jurídica que formule la citada declaración responsable durante el tiempo inherente a su ejercicio, o el tiempo de ejecución de las obras, y mientras no haya
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Número 171

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/9/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/09/2021

Conteggio pagine40

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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