Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 6 de agosto de 2021

Página 6

Esto no será exigible para las ONGD que concurran en agrupación y no tengan la condición de representante de la misma.
4.2. Las agrupaciones de ONGD sin personalidad jurídica, estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones, cuando concurra en cualquiera de sus miembros, alguna de las prohibiciones previstas en el apartado anterior.
Artículo 5. Convocatoria Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno, se realizará la convocatoria pública anual para la concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes, los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía máxima de las subvenciones convocadas.
Artículo 6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes 6.1. Formulario de solicitud Las solicitudes de subvención no podrán ser más de dos por entidad una de entre las líneas específicas A, B o D y la segunda en la línea específica C y deberán acompañarse de un documento de formulación por cada uno de los proyectos. No obstante, podrá presentarse una tercera solicitud de subvención, a cualquiera de las líneas mencionadas, cuando la citada solicitud se presente por la entidad en el seno de una agrupación de ONGD sin personalidad jurídica.
Los documentos de formulación se elaborarán cumplimentando el formulario disponible en la página web de la Diputación de Málaga http www.malaga.es/sede electrónica anexo I.
Serán desestimadas las solicitudes que no se acompañen, en el momento de su presentación, del correspondiente documento de formulación.
La ausencia injustificada de datos en cualquiera de los apartados de los formularios, salvo en aquellos en los que de forma manifiesta no proceda, puede ser motivo de la no aceptación del proyecto.
No se aceptarán formularios cumplimentados a mano.
Toda la documentación relacionada con el proyecto solicitado deberá presentarse en lengua castellana. En caso contrario, deberá acompañarse la documentación traducida al castellano y acompañada de una declaración responsable del representante legal de la ONGD solicitante, en la que se certifique que se trata de una traducción literal del documento en lengua castellana.
6.1.1. En base a la obligatoriedad de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes, que se cumplimentarán de forma completa y verídica, se presentarán por los peticionarios a través del formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Diputación de Málaga, accesible desde la página web www.malaga.es. Este formulario será de uso obligatorio para todos los peticionarios en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6.1.2. La solicitud de subvención deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad. Las solicitudes podrán incorporar documentación técnica como anexos al formulario, si bien esta debe ceñirse a los tipos de documentación que se indican en el propio formulario documentos de constitución de las agrupaciones, en su caso, documentación técnica de tipo cartográfico, documentación para entidades que no hayan sido subvencionadas anteriormente en estas modalidades de proyectos, memoria de las actividades de SEPD
correspondiente a uno de los dos años anteriores a la convocatoria, en la provincia de Málaga, y acreditaciones de las mismas, original escaneado de la última factura abonada con anterioridad a la publicación de la convocatoria, de uno de los suministros de servicios electricidad o agua a nombre y con domicilio de la sede de la ONGD en la provincia de Málaga, así como otra documentación técnica que por razones de formato no pueda ser incorporada en el formulario, con un máximo de un documento.

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Número 151

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/08/2021

Conteggio pagine43

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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