Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 6 de agosto de 2021
Página 37
ANEXO V
Tipología de gastos del proyecto Convocatoria cooperación internacional para el desarrollo El presente anexo desarrolla de manera más exhaustiva lo relativo a la tipología de gastos, directos e indirectos.
GASTOS DIRECTOS: TIPOLOGÍA Y JUSTIFICACIÓN
Se exponen a continuación, una relación de gastos directos y su correspondiente forma de justificación.
Se considerarán gastos directos subvencionables los siguientes:
1. Identificación y formulación La justificación de cada tipo de gasto que se realice durante esta fase responderá a lo establecido en el correspondiente apartado de las presentes bases, en relación con los gastos de personal, suministros, viajes, alojamientos y dietas y otros servicios técnicos y profesionales.
Los documentos resultantes de la identificación deberán acompañar a los documentos justificativos de los gastos realizados.
2. Auditorías externas La justificación de estos gastos se realizará mediante la factura u otro documento de tráfico legal, el contrato suscrito que contendrá las condiciones establecidas en el apartado 3.2.2.
del artículo 16 de estas bases o su copia auténtica/copia, o, de no ser esta posible, el informe de auditoría.
3. Adquisición o arrendamiento de bienes inmuebles Incluye tanto la adquisición o alquiler de terrenos o inmuebles, el acondicionamiento de terrenos y su vallado, como el arrendamiento de los mismos.
Se justificará de la siguiente manera:
a Documento justificativo acreditativo de la compra o arrendamiento en el que conste el precio y la forma de pago. Si el bien fuera susceptible de inscripción en un registro público, deberá constar en la escritura o documento similar el periodo de afectación del bien al fin concreto para el que se concedió la subvención y el importe de la misma, no pudiendo ser inferior a veinte años en el caso de bienes inmuebles.
b Factura o recibos justificativos de la adquisición o arrendamiento.
c En caso de compra, certificación de tasador independiente, inscrito en el correspondiente registro oficial, o certificación municipal de tasación si se demuestra la imposibilidad de una tasación como la descrita.
4. Gastos en infraestructuras, construcción o reforma de bienes inmuebles Podrán imputarse con cargo a este concepto los gastos derivados de la dirección de obra, mano de obra, materiales de construcción, licencias de obras, tasas, planos y estudios técnicos, suministros de agua, electricidad, alcantarillado y depuración de aguas residuales, así como obras de acceso.
La construcción y / o reforma de inmuebles e infraestructuras incluye mano de obra, dirección de obra, licencia de obras y tasas y materiales de construcción. En los gastos imputados a terrenos y construcción de inmuebles vinculados a la intervención, deberá especificarse el régimen de propiedad y la titularidad, aportándose documentación probatoria suficiente. Incluye también los gastos necesarios para la escritura y registro o instrumentos semejantes.
Asimismo, se incluye, el funcionamiento en el terreno electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento y seguridad hasta un máximo del 1% del importe total subvencionado.
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Número 151