Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 6 de agosto de 2021
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b.3Validez de indicadores verificables objetivamente y fuentes de verificación, que atribuirá un máximo de 5 puntos sobre el total de 50 puntos.
b.4Adecuación del cronograma y de los recursos con los objetivos del proyecto, junto con un presupuesto pormenorizado, expresado en euros, de los gastos por conceptos e ingresos a realizar para su ejecución, que atribuirá un máximo de 7 puntos sobre el total de 50 puntos.
b.5Sistema de seguimiento y evaluación del proyecto, que atribuirá un máximo de 2 puntos sobre el total de 50 puntos.
b.6Proyecto de continuidad de acciones ya ejecutadas o en ejecución y aquellos relacionados con la pandemia de la COVID-19, que atribuirá 4 puntos sobre el total de 50
puntos.
b.7Complementariedad con la estrategia de la cooperación española y de la cooperación andaluza sobre sensibilidad y educación para el desarrollo, que atribuirá un máximo de 4 puntos sobre el total de 50 puntos.
c Beneficiarios e impacto, que tendrá una ponderación total de 15 puntos sobre 100:
c.1Población beneficiaria bien identificada y cuantificada que atribuirá un máximo de 5
puntos sobre el total de 15 puntos.
c.2Participación de la población beneficiaria en las distintas fases del ciclo del proyecto, que atribuirá un máximo de 3 puntos sobre el total de 15 puntos.
c.3Impacto de género, que atribuirá un máximo de 4 puntos sobre el total de 15 puntos.
c.4Potencial impacto positivo en las actuaciones de cooperación al desarrollo, ayuda humanitaria y derechos humanos que se realicen desde las ONGD e instituciones malagueñas, que tendrá una ponderación de 2 puntos sobre el total de 15 puntos.
c.5Potencial impacto positivo en las actuaciones de cooperación al desarrollo, ayuda humanitaria y derechos humanos relacionadas con la pandemia de la COVID-19 que se realicen desde las ONGD e instituciones malagueñas, que tendrá una ponderación de 1
puntos sobre el total de 15 puntos.
Artículo 12. Comisión de valoración La valoración de las solicitudes y la formulación de la propuesta de resolución de la convocatoria, que revestirá la forma de acta, se efectuará por una comisión de valoración teniendo en cuenta los informes técnicos de los proyectos efectuados conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 11. La comisión será presidida por el Diputado/a de la Delegación competente en la cooperación internacional para el desarrollo y de la que formarán parte un miembro de cada una de las fuerzas políticas con representación en el Pleno con el voto ponderado según el número de diputados/as. En las reuniones de dicha comisión también estará presente, con voz pero sin voto, el personal técnico de la Delegación competente en la Cooperación Internacional para el Desarrollo, uno de estos últimos actuará de Secretario/a.
Artículo 13. Procedimiento y resolución 1. Las solicitudes presentadas a cada convocatoria serán resueltas por la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Málaga.
2. La Delegación competente en Cooperación Internacional para el Desarrollo revisará las solicitudes presentadas y comprobará que reúnen los requisitos señalados en estas bases, y elaborará la lista provisional de admitidas y excluidas, con especificación de la causa de exclusión, que aprobará el Diputado/a de la citada Delegación. La mencionada lista se publicará en la sede electrónica de la Diputación de Málaga www.malaga.es, concediéndose un plazo de subsanación de diez días hábiles conforme a los artículos 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no presentar la documentación
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Número 151