Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/5/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 86
Viernes, 7 de mayo de 2021
Página 30
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: Pieza separada de incidente de no readmisión 78.1/2021.
Negociado: C3.
De don Antonio Amador Moreno.
Contra Mundo Duar Tuk Tuk, Sociedad Limitada.
Doña Cristina Campo Urbay, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número siete de Málaga.
Hace saber: Que en la pieza separada de incidente de no readmisión seguida en este Juzgado bajo el número 78.1/2021, a instancia de don Antonio Amador Moreno, contra Mundo Duar Tuk Tuk, Sociedad Limitada, se han dictado diligencia de ordenación y providencia ambas de fecha 9 de abril de 2021 del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación del Letrado de la Administración de Justicia señora doña Cristina Campo Urbay.
En Málaga, a 9 de abril de 2021.
La demanda de ejecución presentada por don Antonio Amador Moreno ha sido admitida a trámite, despachándose orden general de ejecución.
A cu erd o Abrir pieza separada para la tramitación del incidente.
Citar a las partes al acto de comparecencia previsto en el artículo 280 y concordantes de la LR.J. Social, señalándose para que tenga lugar el mismo el 14 de julio de 2021, a las 9:05 horas;
entregándose copia del escrito y de los documentos acompañados a la demanda y haciendo saber a las partes que la incomparecencia del trabajador o la persona que lo representa hará que se le tenga por desistido y que si no comparece el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.
Recábese el día de celebración de la vista incidental la vida laboral del trabajador de la Seguridad Social.
Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El Letrado de la Administración de Justicia.
Providencia del Magistrado-Juez, ilustrísimo señor don Gonzalo Alonso Sierra.
En Málaga, a 9 de abril de 2021.
Visto el contenido de la demanda, se acuerda:
Poner en conocimiento del demandado que el actor ha solicitado en la demanda prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse en el acto del juicio, de no comparecer se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y
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Ed icto