Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/5/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 81
Viernes, 30 de abril de 2021
Página 44
Artículo 3. Descripción del inmueble El Teatro Municipal Vicente Espinel cuenta con las siguientes instalaciones y características:
Artículo 4. Criterios de gestión y fines La gestión del Teatro Municipal Vicente Espinel corresponde a la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Ronda.
El Teatro Municipal Vicente Espinel es un espacio de uso cultural, preferentemente dedicado a la exhibición, producción y difusión de espectáculos relacionados con las artes escénicas, la música y el cine, sin perjuicio de su uso para actos de carácter institucional o de colaboración que pudieran organizarse en él. Dicho uso es susceptible de cesión a terceros.
El teatro tiene como principales objetivos de su gestión, los siguientes:
La programación de espectáculos de teatro, danza, música y cine en cualquiera de sus modalidades.
La difusión, promoción y divulgación de cualquier aspecto de las artes escénicas y de la música.
La búsqueda de fórmulas que contribuyan a la formación de nuevos públicos, así como a incentivar la afición a las artes escénicas y a la música de los sectores más jóvenes de la población.
La gestión debe intentar conseguir la participación activa y el compromiso de la sociedad a través de las variadas formas asociativas.
La promoción de artistas locales y del asociacionismo aficionado como parte del compromiso del Ayuntamiento en el desarrollo cultural de sus vecinos.
Artículo 5. Usos El teatro podrá ser utilizado por:
El Ayuntamiento de Ronda y sus empresas públicas y organismos dependientes.
Asociaciones y colectivos públicos o privados.
Entidades sociales y culturales.
Instituciones y empresas.
Grupos y partidos políticos.
Cualquier persona física o jurídica que cumpla con los requisitos establecidos en este reglamento y abone las tasas correspondientes.
El uso del teatro por personas distintas del Ayuntamiento de Ronda y sus empresas públicas y organismos dependientes, requerirá la previa solicitud de los interesados, que podrá ser desestimada porque no se ajusten o adecuen a los espacios, coincidan con otras ya programadas con anterioridad o puedan poner en peligro a su personal, instalaciones o equipos.
Dicha solicitud, en caso de aprobación por el órgano correspondiente, conllevará el abono de la tasa por utilización de este inmueble, de acuerdo a la ordenanza fiscal reguladora del mismo.
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Hall de entrada, taquilla municipal, cafetería, escaleras para acceso a la entrada de la parte alta del patio de butacas.
Patio de butacas, con un aforo de 494 localidades, salida de emergencia.
Escenario de 12 metros de boca y 14 metros de fondo con montacargas de acceso al sótano y a zona de carga y descarga.
Una cabina para técnicos.
Cinco camerinos con aseos para uso de actores.
Oficinas.
Galerías técnicas.
Sótano dividido en varias dependencias, con acceso a la zona de carga y descarga y escenario mediante montacargas.
Pasillos y escaleras de distribución interior.
Servicios públicos.