Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 13/3/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 12 de marzo de 2021
Página 7
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 1 DE ALGECIRAS Cádiz Procedimiento: Despidos/ceses en general 1185/2018.
Negociado: CH.
De don José Manuel Mateo Luna.
Abogada: Doña María José Aneiros Ferrer.
Contra MJ Lancley, Sociedad Limitada.
Ed icto Don Jesús María Sedeño Martínez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número uno de Algeciras, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1185/2018, a instancia de la parte actora, don José Manuel Mateo Luna, contra MJ Lancley, Sociedad Limitada, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, de fecha 3 de diciembre de 2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo: Que, estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Mateo Luna, contra MJ Lancley, Sociedad Limitada, se declara la improcedencia del despido realizado por la demandada y se condena a la empresa a que dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente sentencia, opte expresamente entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de salarios de tramitación; o le indemnice en la suma de 2.142,94 euros entendiéndose que en el supuesto de no optar expresamente el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera;
así como al abono de la cuantía bruta de 3.055,36 euros conforme al fundamento cuarto.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada, MJ Lancley, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a 16 de diciembre de 2020.
El Letrado de la Administración de Justicia, Jesús María Sedeño Martínez.
1622/2021
D
Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
CVE: 20210312-01622-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 48