Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 44

Lunes, 8 de marzo de 2021

Página 39

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 4 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 1182/2020.
Negociado: 5.
De Gaynor Layner.
Contra Nicola Roslyn Wilson.

Doña María Caballero Redondo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1182/2020, a instancia de la parte actora, Gaynor Layner, contra Nicola Roslyn Wilson, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 25 de enero de 2021 que es del tenor literal siguiente:
Hech os Primero. En los autos número 1182/20, seguidos a instancia de Gaynor Elaine Larner, contra Nicola Roslyn Wilson, se dictó sentencia el 28 de octubre de 2020, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Gaynor Elaine Larner, contra Nicola Roslyn Wilson y Fondo de Garantía Salarial, se acuerda:
1. Declarar improcedente la decisión extintiva.
2. Extinguir la relación laboral Gaynor Elaine Larner entre Nicola Roslyn Wilson a fecha de la presente resolución.
3. Condenar a Nicola Roslyn Wilson abonar a la actora la suma de trece mil ciento cuarenta euros con noventa y cuatro céntimos de euro 13.140,94 euros en concepto de indemnización y seis mil veintiséis euros 6.026 euros en concepto de salarios de tramitación sin perjuicios de los descuentos por cantidades incompatibles.
4. Condenar a Nicola Roslyn Wilson a abonar a la actora la suma de quinientos cuarenta euros con treinta y siete céntimos de euros 540,37 euros por el concepto expresado en el hecho probado tercero e intereses de demora.
5. Condenar al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los pronunciamientos anteriores.
6. No imponer a la empresa demandada el pago de las costas del proceso.
Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado dejando testimonio en autos.
Segundo. La sentencia anterior es firme.
Tercero. La parte demandante ha solicitado la ejecución.
Razonamientos jurídicos Primero. De acuerdo con los artículos 117.3 de la Constitución Española y 2.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a
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Ed icto

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/3/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/03/2021

Conteggio pagine45

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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