Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 43

Viernes, 5 de marzo de 2021

Página 30

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Procedimiento: 152/20.
Negociado: SE.
De don Sergio Benavent Martínez.
Contra Sancus Seguridad, Sociedad Limitada, y Fogasa.

Don César Carlos García Arnaiz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número doce de Málaga.
En los autos número 152/20, a instancia de don Sergio Benavent Martínez contra empresa Sancus Seguridad, Sociedad Limitada, en la que se ha dictado sentencia número 39/20, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 039/2021.
En Málaga, a 26 de enero de 2021.
Vistos en juicio oral y público por la ilustrísima señora doña Concepción Isabel Núñez Martínez, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número doce de Málaga, los presentes autos número 152/2020, sobre despido, seguidos a instancia de don Sergio Benavent Martínez contra la empresa Sancus Seguridad, Sociedad Limitada, y concurriendo los siguientes, Fallo: Que, estimando la demanda formulada en materia de despido por don Sergio Benavent Martínez, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto el actor el 20 de diciembre de 2019, condenando a la empresa Sancus Seguridad, Sociedad Limitada, a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o, a elección del empresario, a que le abone la suma de 1.205,58 euros en concepto de indemnización. En caso de que opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación, equivalentes a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a la sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación. En el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a empresa Sancus Seguridad, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.
Dado en Málaga, a 27 de enero de 2021.
El Letrado de la Administración de Justicia, César Carlos García Arnaiz.
1421/2021
D

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Ed icto

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/3/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data07/03/2021

Conteggio pagine40

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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