Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 24 de febrero de 2021
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Artículo 6. Estructura de la agrupación La ALVPC se estructurará en tres secciones: Sección de Apoyo Operativo, Sección de Apoyo Sanitario y Sección de Prevención e Información; a las cuales se suscribirán los voluntarios en función de sus capacidades, preparación y titulaciones que acrediten. Esta estructura será de carácter flexible ajustándose a las necesidades del servicio, a los medios humanos disponibles y a lo establecido en el plan de emergencias municipal.
El jefe de la agrupación será nombrado por el Alcalde, asimismo, los jefes de sección y demás mandos serán propuestos por el jefe de la agrupación y nombrados por el concejal delegado que corresponda.
Artículo 7. Elaboración de propuestas Por parte de la Delegación o la Jefatura de Protección Civil se elaborarán y formularán propuestas para la aprobación de las normas e instrucciones que sean necesarias para desarrollar y aplicar este reglamento.
La aprobación de estas normas corresponde al Alcalde o, en su caso, al Concejal Delegado de Protección Civil.
Artículo 8. Ámbito territorial de actuación 1. El ámbito de actuación de la ALVPC es el término municipal de Cañete la Real.
2. Para cualquier actuación fuera del término municipal de Cañete la Real se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía y resto de normativa de aplicación.
3. El Ayuntamiento de Cañete la Real, previo los trámites oportunos, podrá suscribir convenios de colaboración con otras administraciones, encaminados a regular su participación en los dispositivos de protección civil que se establezcan dentro o fuera del término municipal.
Artículo 9. Dotación de medios El Ayuntamiento de Cañete la Real arbitrará, dentro de sus posibilidades, los medios necesarios de infraestructuras y equipamiento para el desarrollo de las funciones encomendadas a la ALVPC.
El Ayuntamiento de Cañete la Real podrá suscribir convenios de colaboración con otras administraciones, públicas o privadas, encaminados a la promoción, formación y mejor funcionamiento de la ALVPC.
El equipamiento, vehículos e instalaciones de la agrupación se adaptarán a lo establecido en el Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía y resto de normativa de aplicación.
Sección 3. Funciones Artículo 10. Ámbito funcional de actuación 1. La actuación de la agrupación se centrará, con carácter general, en labores de prevención, socorro y rehabilitación ante situaciones de emergencias, conforme a lo previsto en el correspondiente plan de emergencias municipal.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, mediante la acción voluntaria no se podrán reemplazar actividades que estén siendo desarrolladas por medio de trabajo remunerado o servir para eximir a las administraciones públicas andaluzas de garantizar a la ciudadanía las prestaciones o servicios que estos tienen reconocidos como derechos frente a aquellas.
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Número 37