Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 37

Miércoles, 24 de febrero de 2021

Página 17

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 4 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 1190/2020.
Negociado: 08.
De Alona Trufanova.
Abogado: Santiago Orosa Vega.
Contra Ole Mis Huevos, Sociedad Limitada.

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga, Hace saber: Que, en este Juzgado se sigue el procedimiento número 1190/2020, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de Alona Trufanova, contra Ole Mis Huevos, SociedadLimitada, en la que con fecha 16 de diciembre de 2020, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Auto. En Malaga, a 16 de diciembre de 2020.
Hech os Primero. En los autos número 1190/20, seguidos a instancia de Alona Trufanova, contra Ole Mis Huevos, Sociedad Limitada, se dictó sentencia el 10 de septiembre de 2020, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Alona Trufanova, contra Ole Mis Huevos, Sociedad Limitada, y Fondo de Garantía Salarial, se acuerda:
1. Condenar a la parte demandada a abonar a la actora la suma de dos mil setenta y siete euros con veintiún céntimos de euro 2.077,21 euros por los conceptos expresados en el hecho probado segundo e intereses de demora.
2. Condenar al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por el pronunciamiento anterior.
3. No ha lugar a la imposición de costas a la parte demandada.
Segundo. La sentencia anterior es firme. Que no habiéndose cumplido lo pactado dentro del plazo y forma acordado, la parte actora ha solicitado la ejecución de lo convenido.
Tercero. La parte demandante ha solicitado la ejecución.
Razonamientos jurídicos Primero. De acuerdo con los artículos 117.3 de la Constitución española y 2.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan. Asimismo, el artículo 237 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, Ley 36/11, de 10 de octubre en adelante, LRJS, establece que las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en adelante, LEC, para la ejecución de las sentencias, con las especialidades previstas en esa norma laboral. Por último, el artículo 551.1 de la LEC establece que presentada
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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/2/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data24/02/2021

Conteggio pagine55

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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