Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 23/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 36
Martes, 23 de febrero de 2021
Página 20
A N EX O S
ANEXO I
Obras sometidas a declaración responsable El siguiente anexo establece las obras susceptibles de autorización mediante declaración responsable, suponiendo un listado ejemplificativo y no exhaustivo. Dichas obras estarán limitadas por el régimen de la correspondiente clase de suelo donde se ubiquen, así como cuando se trate de obras sobre edificaciones existentes, por el alcance de las obras permitidas sobre las mismas atendiendo a su régimen jurídico según su ajuste a la ordenación urbanística. Así, el tipo de obras autorizables sobre las edificaciones en AFO y RLFO queda limitado por lo previsto en la LOUA y el DL3/2019.
Las abreviaturas empleadas son:
I:La declaración responsable no requiere documentación técnica.
II:La declaración responsable habrá de acompañarse de un documento descriptivo y gráfico, con participación de técnico competente.
III:La declaración responsable habrá de acompañarse de proyecto, según lo previsto en la LOE.
OBRAS SOMETIDAS A DR
I
II
III
SUC
A. OBRAS DE NUEVA PLANTA
A.1. Construcciones de escasa entidad sin uso residencial ni público de una planta de altura, incluso la colocación de elementos prefabricados que cumplan dichos requisitos, hasta una superficie construida de 6 m2.
A.2. Instalación, nueva construcción y/o rehabilitación total de invernaderos de escasa entidad que no requieran estructura portante ni intervención de técnico para gestión de residuos con arreglo a normativa de aplicación.
A.3. Instalación, nueva construcción y/o rehabilitación total de invernaderos de estructura portante de sencillez constructiva o técnica, siempre que la agrupación de estructuras portantes sea inferior a 1.500
metros cuadrados.
A.3. Demolición parcial para reconstrucción con idéntico volumen.
B. ACTUACIONES EXTERIORES A LA EDIFICACIÓN
B.1. Limpieza y desbroce de solares siempre que no implique movimientos de tierra y no altere la rasante natural del terreno.
B.2. Vallado provisional de solares mediante postes y malla metálica.
B.3. Construcción de cerramiento de parcela.
B.4. Mantenimiento y conservación de cerramiento de parcela existente sin modificación de sus dimensiones, diseño ni posición.
B.5. Acondicionamiento de espacios libres de parcela consistentes en obras de ajardinamiento, pavimentación, soleras de patios, aceras perimetrales, colocación de bordillos en terrenos de uso privado siempre que no afecte a ningún servicio o instalación pública ni a conductos generales, ni implique movimientos de tierras o altere la rasante natural del terreno.
B.6. Implantación de pérgolas y marquesinas en espacios libres de parcelas, siempre que no computen a efectos de ocupación y edificabilidad.
B.7. Instalación de cerramientos metálicos delimitadores de las plantas bajas porticadas de edificaciones.
B.8. Tala y abatimiento de árboles en espacio privado, salvo que se sitúe en un jardín protegido, salvo regulación específica en ordenanza municipal.
B.9. Apertura de zanjas y catas en terrenos privados para albergar instalaciones o para la exploración de cimientos.
B.10. Construcción y modificación de pistas deportivas de paddel, tenis, etc., en espacios libres de parcela.
B.11. Obras de mantenimiento y conservación de piscinas y pistas deportivas.
CVE: 20210223-00517-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
SUC: Estas obras solo serán autorizables mediante declaración responsable cuando se ejecuten en suelo urbano consolidado y se ejecuten sobre edificaciones conformes a la ordenación urbanística. Esta pestaña se marcará cuando las obras requieran proyecto o no puedan entenderse de escasa entidad y sencillez técnica, siendo dicha consideración orientativa y debiendo adaptarse a la entidad real de la obra pretendida, en atención a sus dimensiones o complejidad real.