Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 19/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 34
Viernes, 19 de febrero de 2021
Página 10
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 11 DE MÁLAGA
Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 1162/2018.
Negociado: RE.
De don Alberto Lora García.
Contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Muta Fremap y Aura Empresa de Trabajo Temporal, SCA.
Abogado: Don José Luis Fernández Ruiz.
Don César Carlos García Arnaiz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número once de Málaga.
En los autos número 1162/2018, a instancia de don Alberto Lora García, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Muta Fremap y Aura Empresa de Trabajo Temporal, S.C.A., en la que se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Juzgado de lo Social número once de Málaga.
Autos número 1162/18 por incapacidad permanente total.
Sentencia 268/2020.
En la ciudad de Málaga, a 14 de diciembre de 2020.
Vistos por el ilustrísimo señor don Óscar López Bermejo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número once de Málaga y su provincia, los presentes autos número 1162/18, seguidos entre partes, como demandante, don Alberto Lora García, como demandadas, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Fremap, y la empresa Aura Empresa de Trabajo Temporal SCA no comparece; sobre incapacidad permanente total en adelante IPT.
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta, y ha lugar a declarar que la parte actora se encuentra en situación de incapacidad permanente total para profesión habitual de repartidor en moto, con una base reguladora de 1.215,66 euros/mes para IPT, y la fecha de efectos es de 7 de agosto de 2018.
Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.
Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Aura Empresa de Trabajo Temporal, S.C.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.
Dado en Málaga, a 7 de enero de 2021.
El Letrado de la Administración de Justicia, César Carlos García Arnaiz.
1071/2021
D
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Ed icto