Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 16/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 31

Martes, 16 de febrero de 2021

Página 11

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 3 DE MÁLAGA
Procedimiento: Despidos/ceses en general 224/2020.
Negociado: SU.
De Jorge Ángel Romero Guardado.
Abogada: María José González Guerrero.
Contra Ángel Alcántara Navas.

Don Manuel Marín Palma, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número tres de Málaga, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 224/2020, a instancia de la parte actora, Jorge Ángel Romero Guardado, contra Ángel Alcántara Navas, sobre despido, se ha dictado sentencia, de fecha 16 de noviembre de 2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que, estimando la demanda formulada por Jorge Ángel Romero Guardado y, como demandada, la empresa Ángel Alcántara Navas, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido impugnado, condenando a la citada parte demandada a que, a su opción, readmita al demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación, o al abono de una indemnización de 612,76 euros.
Dicha opción deberá ejercitarse por escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, sin esperar a su firmeza, entendiéndose que se opta por la readmisión en el caso de no verificarse aquella. En caso de optarse por la indemnización, se entenderá producida la extinción del contrato en la fecha del despido.
Asimismo se condena a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 3.064,10
euros.
Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado dejando testimonio en autos.
Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que no es firme y que contra ella caber interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, debiendo consignarse, en el caso de que la demandada sea el recurrente, la cantidad objeto de condena en la cuenta que de depósitos y consignaciones de este Juzgado, correspondiente al presente procedimiento pudiendo sustituirse por aval bancario; y la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.
Así, por esta mi sentencia, loa pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Ángel Alcántara Navas, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Málaga, a 28 de diciembre de 2020.
El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Marín Palma.
947/2021
D

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 16/2/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data16/02/2021

Conteggio pagine33

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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