Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 13/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 12 de febrero de 2021
za sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de este que puedan interesar a la ejecución. En el caso de que los bienes estuvieran gravados con cargas reales, el ejecutado estará obligado a manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha.
Requiérase a la parte ejecutante, a través de su representación procesal, a fin de que designe cuenta corriente bancaria del ejecutante con el fin de transferir directamente a la misma los sucesivos ingresos que se vayan efectuando a su favor, a cuyos efectos se le informa del carácter público, en general, de las actuaciones judiciales y de que el número de cuenta facilitado para este fin queda incorporado en el expediente judicial y asimismo preste su consentimiento en relación con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
Segundo. Se acuerda el embargo de las cantidades que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendiente de devolver a la ejecutada por IVA, IRPF, I. sociedades u otros conceptos, en cantidad suficiente para cubrir la suma reclamada. Para su efectividad, procédase a dar la oportuna orden de retención de las mencionadas cantidades, a través de la aplicación telemática de la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Tercero. Se acuerda el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, a favor de la ejecutada en las entidades financieras adheridas al servicio de embargos telemáticos a través del Punto Neutro Judicial, hasta cubrir la suma reclamada. Para su efectividad, procédase a dar la oportuna orden de retención a través de la aplicación telemática de la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Cuarto. Se acuerda la investigación patrimonial y domiciliaria del ejecutado en los términos que constan en el razonamiento tercero, a cuyo efecto recábese información a través del Punto Neutro Judicial y del Registro Mercantil Central.
Notifíquese el auto que antecede y la presente resolución a la parte ejecutante vía Lexnet y, a la ejecutada, mediante exhorto que se librará al Juzgado Decano de Marbella. En prevención, mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación artículo 188.2 de la LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta del órgano judicial 4976, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Vida Carefree Living, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 5 de enero de 2021.
La Letrada de la Administración de Justicia, Clara López Calvo.
1037/2021
D
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Número 29