Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 27
Miércoles, 10 de febrero de 2021
Página 24
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 13 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 883/2019.
Negociado: 2.
De don Guillermo Luengo Bermejo.
Abogado: Don Ángel Francisco Yelamos Guerra.
Contra Cargocare Logistics Europe, Sociedad Anónima y Fogasa.
Doña Clara López Calvo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número trece de Málaga, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 883/2019, a instancia de la parte actora, don Guillermo Luengo Bermejo, contra Cargocare Logistics Europe, Sociedad Anónima y Fogasa, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Fallo: Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Guillermo Luengo Bermejo frente a la empresa Cargocare Logistics Europe, Sociedad Anónima, sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 17.302,55 euros de principal, así como la suma de 1.730,25 euros de interés moratorio debiendo estar y pasar las partes por el pronunciamiento presente.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander, oficina 1846 de Málaga a la c/c de este Juzgado número 4976 0000 67 0883/19 o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe 300,00 euros en la cuenta 4976
0000 65 0883/19 del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo, la Secretaria, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el ilustrísimo señor Magistrado que la dictó celebrando audiencia pública. Reitero fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Cargocare Logistics Europe, Sociedad Anónima y Fogasa, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 29 de diciembre de 2020.
La Letrada de la Administración de Justicia, Clara López Calvo.
1005/2021
D
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Ed icto