Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 23
Jueves, 4 de febrero de 2021
Página 48
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 13 DE MÁLAGA
Procedimiento: Despidos/ceses en general 299/2020.
Negociado: 6.
De don Andrés Muñoz Ramírez.
Abogada: Doña Cristina Rodríguez Alarcón.
Contra Piotr Marian Blaszkiewicz actividad construcción, Mood Homes Construcction, Sociedad Limitada, Ministerio Fiscal y Fogasa.
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número trece de Málaga Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 299/2020, sobre despidos/ceses en general, a instancia de don Andrés Muñoz Ramírez contra Piotr Marian Blaszkiewicz actividad construcción, Mood Homes Construcction, Sociedad Limitada, Ministerio Fiscal y Fogasa, en la que, con fecha 11 de noviembre de 2020, se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo: Que, estimando la demanda interpuesta por don Andrés Muñoz Ramírez frente la empresa Mood Homes Construcction, Sociedad Limitada, siendo parte el Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, a su elección, le readmita en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la comunicación de la resolución presente con el descuento que proceda por circunstancia incompatible, o bien le indemnice con la suma de 6.218,32 euros; advirtiendo por último a la demandada que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes, desde la notificación de la sentencia, entendiéndose que, de no hacerlo así, se opta por la readmisión.
Se desestima la petición de nulidad del despido.
Se absuelve a Piotr Marian Blaszkiewicz de las pretensiones aducidas en su contra sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por su condición de Administrador.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander, oficina 1846 de Málaga a la c/c de este Juzgado número 4976 0000 67 20 o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe 300,00 euros en la cuenta 4976 0000
65 20 del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
CVE: 20210204-00627-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Ed icto