Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 23
Jueves, 4 de febrero de 2021
Página 46
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 500/2019.
Negociado: SE.
De don Francisco Arjona Avilés.
Abogada: Doña Inmaculada Guerrero Cabezas.
Contra Prosac Productos, Sociedad Limitada y Provire Productos, SLU, UTE.
Abogado: Don Eduardo Mozas García.
Don César Carlos García Arnaiz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número doce de Málaga, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 500/2019, a instancia de la parte actora, don Francisco Arjona Avilés, contra Prosac Productos, Sociedad Limitada y Provire Productos, SLU, UTE, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, de fecha 22 de septiembre de 2020, del tenor literal siguiente:
Sentencia número 206/2020.
En Málaga, a 22 de septiembre de 2020.
Vistos en juicio oral y público por la ilustrísima señora doña Concepción Isabel Núñez Martínez, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número doce de Málaga, los presentes autos número 500/19, seguidos entre partes, como demandante, don Francisco Arjona Avilés, y, como demandadas, las empresas Prosac Productos, Sociedad Limitada y Provire Productos, SLU, UTE incomparecidas; sobre reclamación de cantidad, y concurriendo los siguientes Antecedente de hecho Único. Recibida en este Juzgado la demanda origen de los presentes autos, admitida que fue a trámite se señaló el 22 de septiembre de 2020 para la celebración del juicio, al que solo compareció la parte actora, pese a que la demandada fue citada personalmente. Abierto el juicio la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda con las aclaraciones pertinentes. Practicadas las pruebas propuestas y admitidas y elevadas las conclusiones a definitivas, se declaró el juicio concluso y visto para sentencia. Al inicio de la vista, el actor desistió expresamente de su demanda frente a la inicialmente codemandada Provire Productos, SLU, UTE.
Fallo: Que, estimando íntegramente la demanda formulada por don Francisco Arjona Avilés, debo condenar y condeno a la empresa Prosac Productos, Sociedad Limitada a abonar al actor la suma de 5.305,13 euros de principal, más 530,51 euros de intereses moratorios.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución observándose la forma, plazos y requisitos establecidos en el artículo 190 y siguientes y artículo 229 y siguientes LRJS. En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este
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Ed icto