Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 20
Lunes, 1 de febrero de 2021
Página 9
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 1 DE MÁLAGA
Procedimiento: Despidos/ceses en general 848/2018.
Negociado: AA.
De don Andrés Losano Rosado.
Abogado: Don Iván Díaz Perales.
Contra Nok Builders, Sociedad Limitada, Fogasa y Cambal Builders, Sociedad Limitada.
Abogado: Don César de la Torre Benito.
Doña Magdalena Montserrat Quesada Enciso, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número uno de Málaga, Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 848/2018, a instancia de la parte actora, don Andrés Losano Rosado, contra Nok Builders, Sociedad Limitada, Fogasa y Cambal Builders, Sociedad Limitada, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución, de fecha 2 de diciembre de 2020, del tenor literal siguiente:
Fallo: Que, debemos estimar la demanda interpuesta por don Andrés Lozano Rosado contra Cambal Builders, Sociedad Limitada, declarar el despido improcedente, y extinguir la relación laboral, condenando a la empresa al pago de 9.900 en concepto de indemnización; y asimismo debemos condenar a la empresa al pago de 1.400 euros; condenando a la administración concursal a estar y pasar por esta declaración en su condición de administrador concursal.
Incorpórese esta sentencia al libro correspondiente, librándose testimonio para constancia en autos. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la ilustrísima Sala de lo Social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el que deberá anunciarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de este fallo. Y asimismo, si no fuese el recurrente trabajador o demandado que tenga a su favor el beneficio de justicia gratuita, se le hará saber la obligación de verificar los depósitos y consignaciones, debiendo consignar en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la sucursal del banco el importe de la condena así como la cantidad de 300 euros.
Así, por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Nok Builders, Sociedad Limitada y Cambal Builders, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 9 de diciembre de 2020.
La Letrada de la Administración de Justicia, Magdalena Montserrat Quesada Enciso.
745/2021
D
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