Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 28 de enero de 2021

Página 90

TÍTULO QUINTO

Reclamaciones y escritos Artículo 97
Toda persona que desee formular reclamación sobre cualquier anomalía que considere existe en la prestación del servicio o en relación con los trabajadores de la empresa, podrá hacerlo en los centros de control e información de la misma, o en sus oficinas, donde el personal correspondiente entregará copia de la reclamación que formule.
Se tramitarán igualmente las reclamaciones que se reciban por cualquier otro conducto, siempre que quede constancia de su identificación por escrito.
Artículo 98
Una vez tramitada en forma la reclamación, si procede, la empresa comunicará al firmante de la misma la resolución adoptada.
Artículo 99
Contra la resolución que se adopte podrán ejercitarse los recursos y acciones previstos en la legislación vigente.
TÍTULO SEXTO

Faltas y sanciones Artículo 100
Las infracciones de los preceptos generales gentes serán sancionadas de acuerdo con los mismos, trasladante, si procede, el tanto de culpa a los trabajadores u organismos correspondientes.
Artículo 101
Las faltas cometidas contra la presente ordenanza y disposiciones municipales serán sancionadas y comunicadas a la autoridad competente, que determinará en su sanción.
Artículo 102
El incumplimiento de la presente ordenanza será sancionado igualmente por la autoridad municipal, quien atenderá para ello a las circunstancias en que los hechos se hayan producido y gravedad de la falta, con independencia de la responsabilidad penal, civil o administrativa en que se pudiera incurrir.
Artículo 103
El infractor, en cualquiera de los supuestos citados en los artículos precedentes, podrá ser obligado a bajar inmediatamente del vehículo, tomándose nota de las circunstancias personales que acredite.
Cuando la gravedad del caso lo aconseje, se le pondrá a disposición de los agentes de la autoridad.
Disposición adicional Única. A partir de la publicación de la presente ordenanza, la dirección de la EMT, SAM, se encargará de difundirlo entre las personas usuarias y sus trabajadores.

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Número 18

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/1/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data28/01/2021

Conteggio pagine92

Numero di edizioni5554

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione22/06/2024

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