Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 26/1/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 16
Martes, 26 de enero de 2021
Página 8
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 8 DE MARBELLA
Procedimiento: Juicio verbal desahucio precario número 883/2019.
Negociado: 05.
Sobre cumplimiento.
De Inversiones Lauron, Sociedad Limitada.
Procuradora: Margarita Morán Gómez.
Letrado: Antonio Arce Lozano.
Contra Celac Big, Sociedad Limitada.
Ed icto
En el procedimiento juicio verbal desahucio precario número 883/2019, seguido en este Juzgado a instancia de Inversiones Lauron, Sociedad Limitada, contra Celac Big, Sociedad Limitada, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Sentencia número 149/2020.
En Marbella, a 17 de noviembre de 2020.
Vistos por Rosa Fernández Labella, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número ocho de Marbella y su partido, los presentes autos número 883/2019 de juicio de resolución contractual por expiración de plazo en el que figuran como demandante la entidad Inversiones Lauron, Sociedad Limitada, representada por la procuradora señora Morán Gómez y asistida por el Letrado señor Arce Lozano y como parte demandada la entidad Celac Big, Sociedad Limitada en situación procesal de rebeldía.
Fallo: Que procede estimar la demanda interpuesta por la parte actora contra la entidad Celac Big, Sociedad Limitada, declarando resuelto el contrato de arrendamiento que los vinculaba, condenando a la parte demandada la entrega del local comercial, con apercibimiento de lanzamiento el día 3 de junio de 2021 a las 10:00 horas si no lo verificara. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC. El recurso se presentará en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Advirtiéndosele que en el momento de la presentación ha de acreditar tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar por adelantado.
Así, por sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Sigue la firma. Rubricado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Celac Big, Sociedad Limitada, cuyo paradero se desconoce, extiendo y firmo la presente en Marbella a 23 de noviembre de 2020.
El Letrado de la Administración de Justicia, Dionisio Carrillo Fuillerat.
198/2021
D
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