Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 21 de enero de 2021

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se aprueba el Reglamento de la citada Ley, la LPAC 39/2015, de 1 octubre y LRJSP 40/2015, de 1 octubre, L. O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, o legislación que derogue o sustituya a las anteriores.
BASES REGULADORAS DEPORTES

Bases reguladoras de subvenciones a clubes deportivos de Benalmádena El Ayuntamiento de Benalmádena, dentro de su política de fomento del deporte aficionado, plantea las siguientes bases que regirán la convocatoria de subvenciones para clubes deportivos de Benalmádena.
1.Objeto La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, para atender los gastos anuales de los clubes deportivos locales que hayan participado en competiciones federadas de ámbito provincial o superior.
2. Cuantía de las ayudas La cantidad destinada a estas subvenciones mencionadas anteriormente será presupuestada anualmente y se indicará en cada convocatoria.
3. Entidades beneficiarias Podrán optar a las ayudas económicas las siguientes entidades deportivas que cumplan con todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Estén inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Junta de Andalucía.
Estén inscritas en el Registro de Asociaciones del excelentísimo Ayuntamiento de Benalmádena o hayan solicitado formalmente su inscripción en este registro.
Hayan participado durante la temporada anterior en competiciones oficiales de ámbito federado.
No estar incursa en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la condición de beneficiario de subvención recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 5.4 de la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento Benalmádena.
Aquellos clubes o asociaciones deportivas que tienen reserva de temporada para el uso de las instalaciones deportivas municipales en régimen de gratuidad tienen la obligación, según la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasas de 10 de septiembre 2008, de que sus jugadores estén en posesión del carnet de abonado al Área de Deportes antiguo abono PDM. Por este motivo, los clubes que disfruten de reserva de temporada en régimen de gratuidad, no podrán beneficiarse del programa de subvenciones si no acreditan a la totalidad de sus jugadores como abonados al Áea de Deportes.
4. Lugar y plazo solicitudes Las entidades deportivas, que cumplan con los requisitos del apartado anterior, deberán presentar la siguiente documentación en los registros de entrada del Ayuntamiento de Benalmádena, y en su sede electrónica https sede.benalmadena.es/subvenciones, así como aquellos medios establecidos en el artículo 16.4. de la LPAC AP 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en la BDNS y en sede electrónica, y finalizará quince días naturales después de su publicación.
Si a la solicitud no se acompañase la documentación requerida o la presentada adoleciera de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o
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Número 13

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 21/1/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data21/01/2021

Conteggio pagine107

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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