Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/1/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 4 de enero de 2021
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V.A.2. Antigedad V.A.2.1: Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
V.A.2.2: Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
V.A.2.3: Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
V.A.2.4: Por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.2: 4,00 puntos.
La acreditación de los méritos correspondientes a este apartado deberá hacerse mediante la presentación de certificación pública expedida por el órgano competente de la administración pública que corresponda y/o anexo I del Real Decreto1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública. Asimismo, deberá acompañarse informe de vida laboral.
V.A.3. Formación y docencia V.A.3.1: Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del acuerdo de formación continua de las administraciones públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
V.A.3.1.1: Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
V.A.3.1.2: Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
V.A.3.1.3: Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
V.A.3.1.4: Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
V.A.3.1.5: Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solo se haya obtenido asistencia se valorarán con la tercera parte.
No se tendrán en cuenta a efectos de valoración los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido, y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado 1 de las presentes bases, ni la superación de asignaturas de los mismos.
V.A.3.2: Docencia, ponencias y publicaciones: La impartición de cursos de formación comprendidos en el apartado V.A.3.1, dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de: Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos. Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación o dirección de cursos solo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.
V.A.4. Otros méritos V.A.4.1: Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de oro: 3 puntos.
Medalla de plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto.
Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
CVE: 20210104-08052-2020 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 1