Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 146
Martes, 1 de agosto de 2017
Auto. Don José Antonio Baena Sierra.
En Marbella, a 8 de enero de 2016.
Se completa la sentencia de fecha 21 de octubre de 2014 en los siguientes términos:
En el fallo, donde se dice 1. Se declara la nulidad del contrato de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles suscrito por los actores y Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada CAT, con fecha primero de marzo de 2003, en los términos indicados en el fundamento segundo de la presente resolución, debe decir: 1. Se declara la nulidad del contrato de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles suscrito por los actores y Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada CAT, con fecha primero de marzo de 2003, en los términos indicados en el fundamento segundo de la presente resolución. Condenando a la parte demandada a pagar a la actora la suma de diecinueve mil ciento setenta y cinco 19.175 euros, más los intereses legales en los términos establecidos en el fundamento tercero de esta resolución.
Manteniéndose en lo demás lo acordado en dicha resolución.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución original que ya fue indicado al notificarse aquella. Pero, el plazo para interponerlo comenzará a computarse desde el día siguiente al de la notificación del presente auto artículo 215.4 LEC.
Lo acuerda y firma la Magistrada, doy fe.
La Magistrada. La Letrada de la Administración de Justicia.
Y encontrándose dicha demandada Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada CAT, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Marbella, a 31 de mayo de 2017.
La Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Quesada Fernández.
4902/2017
D
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