Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 22/8/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 22 de agosto de 2016
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ALHAURÍN DE LA TORRE
Anuncio El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 14 de julio de 2016, al punto segundo del orden del día, aprobó definitivamente el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, cuyo texto íntegro es el siguiente:
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO
DE ALHAURÍN DE LA TORRE
La participación ciudadana es el proceso a través del cual se construye la democracia activa y se fortalece el sentido de vinculación y pertenencia social. En el ámbito local, la participación ciudadana se concreta en el derecho de la persona a intervenir en el proceso de toma de decisiones a nivel local y de implicación en el desarrollo de la vida comunitaria. La participación constituye una parte inseparable de la sociedad democrática a la que en la Constitución Española de 1978 se le da carta de naturaleza, declarando que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad individual y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, así como facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. Igualmente, en el artículo 30 del Estatuto de Autonomía de nuestra comunidad se dispone que:
La Comunidad Autónoma de Andalucía conforme al artículo 5, los andaluces y andaluzas tienen el derecho a participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Andalucía, directamente o por medio de representantes, en los términos que se establezcan este estatuto y las leyes. Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, recogen entre los derechos y libertades fundamentales, el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a participar en los asuntos públicos.
Este sistema de participación pretender extenderse a todos los aspectos de la gestión pública local, en el objetivo último y común de la mejora de la calidad democrática de los asuntos municipales, mejora de la calidad de vida de todos y todas los ciudadanos y ciudadanas de Alhaurín de la Torre, así como la defensa de la convivencia, la tolerancia, el diálogo y la multiculturalidad a través de la participación efectiva de la ciudadanía.
En atención a lo expuesto, en el marco de la Carta Europea de la Autonomía Local de 15 de octubre de 1985, desde nuestro ámbito municipal, se busca dar cobertura a lo preceptuado en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, tras la modificacón operada por la Ley 57/2.003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, debiendo destacarse, por su relevancia, especialmente lo dispuesto en el artículo 70.bis, apartados 1 y 3, de la Ley 7/1985, según los cuáles:
1. Los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local, tanto en el ámbito del municipio en su conjunto como en el de los distritos, en el supuesto de que existan en el municipio dichas divisiones territoriales.
3. Asimismo, las entidades locales y, especialmente, los municipios, deberán impulsar la utilización interactiva de las tecnologías de la información y la comunicación para facilitar la participación y la comunicación con los vecinos, para la presentación de documentos y para la realización de trámites administrativos, de encuestas y, en su caso, de consultas ciudadanas.
En este contexto normativo, y con el presente Reglamento de Participación Ciudadana se revela el compromiso del Ayuntamiento de
Número 159
Alhaurín de la Torre con los ciudadanos y ciudadanas para fomentar la participación democrática y la transparencia en los asuntos públicos locales, en tanto que la implicación de la ciudadanía en el buen funcionamiento del municipio no se debe limitar a escoger a sus representantes en las elecciones locales. El buen funcionamiento de la gestión alhaurina no es una responsabilidad exclusiva de la Administración Municipal: la participación activa de entidades y asociaciones, la corresponsabilización en las decisiones que afectan a todos y a todas, la actitud de civismo y tolerancia hacia las personas que conviven en Alhaurín de la Torre, son algunos de los elementos claves que permiten configurar una ciudadanía consciente y activa, una ciudadanía participativa, acorde con los nuevos tiempos El Ayuntamiento quiere fomentar esta concepción de ciudadanía.
Es por ello que se quiere, de forma coordinada y organizada, impulsar y favorecer la participación del tejido asociativo de nuestro pueblo.
Un tejido asociativo amplio y dinámico, aunque también, necesitado de fortalecimiento, cohesión y establecimiento de redes, cauces y oportunidades para la cooperación mutua.
Dentro del paquete de medidas que ya ha adoptado el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, en el ámbito de la transparencia, de la información y de la participación, cabe destacar:
La aprobación de la Ordenanza Reguladora del uso de Centros Sociales Municipales, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 208 de 30 de octubre de 2000, por la que se regula el uso y disfrute de aquéllos centros por comunidades de propietarios y asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal de asociaciones.
La aprobación definitiva del Reglamento de la Mesa Municipal del Turismo de Alhaurín de la Torre, en sesión plenaria de 8 junio de 2012, publicada en el BOP de Málaga número 121
de 25 de junio de 2012, con la que se pone en valor la participación de asociaciones, cofradías y peñas de este municipio, como entidades representativas de sectores relevantes de la economía local.
La adjudicación por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 29 de agosto de 2014 del contrato de servicio e instalación de un sistema informático para la gestión administrativa eficiente del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre formalizado el 2 de septiembre de 2014, que permitirá, una vez ejecutado el objeto del contrato, que el ciudadano, tras el proceso de identificación, pueda consultar el estado de expedientes administrativos en los que tengan la consideración de interesado y acceder a información que consta a su nombre en el Ayuntamiento padrón, censo electoral, datos fiscales, registro de documentos
La aprobación de la ordenanza reguladora del Registro Telemático del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, aprobada inicialmente por el pleno de 20 de febrero de 2015, y al no presentarse alegaciones en el periodo de exposición pública, y entendiéndose definitivamente aprobada se publicó en el BOP
de Málaga número 47, de 10 de marzo de 2015.
La aprobación, por acuerdo plenario de 14 de agosto de 2015, de la propuesta relativa a la adhesión a la Red de Entidades Locales por la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Federación Española de Municipios y Provincias.
La aprobación definitiva, por acuerdo plenario de 29 de abril de 2016 de la ordenanza de transparencia y buen gobierno del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre.
El siguiente paso, en el camino marcado, lo constituye el presente Reglamento de participación ciudadana, través del cuál se pretende proseguir con el alcance de los siguientes objetivos, que actuarán como criterios reguladores:
Facilitar la más amplia información sobre la gestión municipal.
Facilitar y promover la participación de sus vecinos/as y entidades en la referida gestión con respecto a las facultades de decisión correspondientes a los órganos municipales representativos.