Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/6/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 10 de junio de 2016
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 6 DE MARBELLA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 1202/2013.
Negociado: 03.
Edicto En el presente procedimiento ordinario 1202/2013, seguido a instancia de Martin Graham Terry y Maureen Ann Terry frente a National Irish Investment Inc y Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada, se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
Sentencia número 52/2016.
En Marbella, a 31 de marzo de 2016.
Vistos por la ilustrísima doña Ana Alonso Llorente, MagistradaJueza titular del Juzgado de Primera Instancia número seis de Marbella y su partido, los presentes autos de juicio ordinario 1202/2013, seguidos a instancia Martin Graham Terry y Maureen Ann Terry, representados por la procuradora Julia Soria López y asistidos por el letrado Jorge Medialdea Cuevas, en sustitución de Ignacio de Castro García, contra Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada, y National Irish Investments Inc, en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad, ha dictado la presente resolución.
Parte dispositiva Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Julia Soria López, en representación de Martin Graham Terry y Maureen Ann Terry, contra Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada, y National Irish Investments Inc, y en consecuencia:
1. Declaro resuelto el contrato de compraventa celebrado entre Royal Crown Investments Incorporated, como parte compradora, cuya posición ha sido cedida a los hoy demandantes, Martin Graham Terry y Maureen Ann Terry, con la parte demandada Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada y National Irish Investments Inc, como pare vendedora, en fecha 25 de noviembre de 2003.
2. Condeno a Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada, y National Irish Investments Inc a pagar a Martin Graham Terry y Maureen Ann Terry la cantidad de ciento diecisiete mil ciento sesenta y cinco euros 117.165 euros, más los intereses legales desde el día en que las cantidades fueron entregadas a la demandada, incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.
3. Condeno asimismo a la demanda al pago de las costas derivadas de este procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelacion ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación artículo 458
LEC.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander número 3579
0000 04 1202 13, indicando en la observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Ministerio Fiscal, Estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio literal para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo, Ana Alonso
Número 110
Llorente, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número seis de Marbella y su partido. Doy fe.
Publicación. La sentencia que antecede ha sido dictada, leída y publicada por la Magistrada-Jueza que la suscribe, en acto de audiencia pública celebrado en el mismo dia de su fecha. Doy fe.
Y encontrándose dichas demandadas National Irish Investments Inc y Royal Aldea Beach Resort, Sociedad Limitada, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Marbella, a 1 de abril de 2016.
La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
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D
JUZGADO DE 1. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚM. 3 DE ANTEQUERA
Procedimiento: Jurisdicción voluntaria genérico 652/2015.
Negociado: 1.
Sobre expediente de dominio inmatriculación.
Solicitante: Antonio González Lozano.
Procuradora: María José Fernández Campos.
Letrado: Manuel Garrido González.
Ministerio Fiscal.
Edicto Doña Elena Muñoz Bautista, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número tres de Antequera, Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 652/2015 a instancia de Antonio González Lozano, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente finca:
Rústica: Suerte de tierra de secano, sita en el paraje de Ventas, término municipal de Villanueva de la Concepción. Forma parte independiente de la parcela catastral número 366 del polígono 175 del Catastro de Rústica de Villanueva de la Concepción. Tiene una extensión superficial, según reciente medición técnica, de 68.268,69 m2.
Referencia catastral número 29102A175003660000MS. Linda con las parcelas catastrales números 366, 271, 272, 365 y 368 del polígono número 175 de término municipal de Villanueva de la Concepción.
Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a los herederos desconocidos e inciertos del transmitente Francisco González Montiel, a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, así como a los transmitentes, titulares catastrales y colindantes que no pudiesen ser citados personalmente, para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
En Antequera, a 22 de abril de 2016.
La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
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D
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
NÚM. 1 DE FUENGIROLA
Edicto Cédula de notificación
En el presente procedimiento seguido a instancia de Elisabet García de la Hoz, frente a Aimad El Mebchour, se ha dictado sentencia:
Procedimiento familia. Modificación medidas supuesto contencioso número 47/2015.
Resolución dictada: Sentencia número 4 de fecha 8 de febrero de 2016.