Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/6/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 2 de junio de 2016
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO
DELEGACIÓN TERRITORIAL EN MÁLAGA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO EN MÁLAGA POR LA QUE SE OTORGA LA
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE LA INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN DEL EXPEDIENTE AT- 14396.
Vista la documentación obrante en el expediente AT-14396, resultan los siguientes Antecedentes de hecho Primero. Con fecha 25 de febrero de 2016 tuvo entrada en esta Delegación Territorial solicitud de autorización administrativa previa y de autorización de construcción de una instalación eléctrica de alta tensión formulada por ADIF alta velocidad, como titular del expediente, cuya finalidad es una línea subterránea de media tensión y un centro de seccionamiento en la Base de mantenimiento del AVE Antequera-Granada, en Bobadilla, Antequera.
Segundo. Con fecha 9 de marzo de 2016 la solicitud se sometió al trámite de información pública en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que se hayan formulado alegaciones por parte de los interesados.
Además se ha cumplido el precepto de información a los organismos afectados tal y como establecen los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Fundamentos de derecho Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Málaga es competente para resolver de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril y Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administracion del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas, artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el Decreto 12/2015, de 17 de junio de la Presidenta sobre la reestructuración de la Consejerías; el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Esta Delegación Territorial es competente para autorizar dicha instalación de acuerdo con lo previstoen la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Tercero. El artículo 53 de la Ley 2412013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de distribución es necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones y una Autorización administrativa de construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
Cuarto. El Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción,
Número 104
modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
Vistos los preceptos citados, esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Resuelve Otorgar la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación del expediente AT-14396, con las siguientes características:
Titular: ADlF alta velocidad Domicilio: Calle Sor Ángela de la Cruz, número 3, planta 9, Madrid.
Finalidad: Línea subterránea de media tensión y centro de seccionamiento para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Características:
5 metros de línea subterránea de media tensión, 25 KV, conductor de aluminio RHZ118/30 KV de 240 mm2 de sección, desde el nuevo centro de transformación al CD 73567.
5 metros de línea subterránea de media tensión, 25 KV, conductor de aluminio RHZ1 18/30 KV de 240 mm2 de sección, desde el nuevo centro de transformación hasta la arqueta para hacer el empalme con la línea de distribución existente.
Centro de seccionamiento en centro de entrega interior con un sistema de celdas prefabricadas bajo envolvente metálica, con aislamiento y corte en SF6, compuesto por 3 celdas de línea 3L
Situación: Base de mantenimiento AVE Antequera-Granada. Bobadilla.
Término municipal afectado: Antequera.
Referencia: AT-14396.
Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra y la empresa instaladora certificarán que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que les sean, de aplicación.
6. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y al artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio.
Málaga, 11 de abril de 2016.
La Delegada Territorial, María Francisca Montiel Torres.
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