Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 11/9/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 11 de septiembre de 2014

Número 173

datos requeridos relacionados con las encuestas que en anexo se citan, y cuyos cuestionarios se encuentran a su disposición en esta Delegación, sita en la calle Puerta del Mar, número 18, 3. planta 29071Málaga. En caso de cualquier duda o aclaración pueden llamar a los teléfonos 900 344 291 y 952 222 400, dentro del plazo mencionado.
Transcurrido dicho plazo sin haber sido atendido dicho requerimiento, se procederá al inicio del correspondiente expediente sancionador de acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y en su Reglamento del Procedimiento Sancionador, aprobado por el Real Decreto 1572/1993, de 10 de septiembre.
ANEXO
ENCUESTA DE OCUPACIÓN EN ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
NOMBRE/RAZÓN SOCIAL: MOUHSSINE HIAYAT SC.
LOCALIDAD: BENALMÁDENA.
NIF: J93201531.
PERIODO: 10 AL 16 DE MAYO.

En Málaga, a 11 de julio de 2014.
El Delegado Provincial, firmado: Antonio Damián Requena Segovia.
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D

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 8 DE SEVILLA
Procedimiento: 357/13.
Ejecución de títulos judiciales 184/2014.
Negociado: 5.
De doña Margarita Thais Castro Reyes.
Contra Comercial Bonoro, Sociedad Limitada.
Edicto Doña M. del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 357/13 a instancia de la parte actora doña Margarita Thais Castro Reyes contra Comercial Bonoro, Sociedad Limitada, se ha dictado auto y decreto de fecha 27 de junio de 2014, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de sentencia por la suma de 3.574,60 euros de principal, más 214,47 euros de intereses y 357,46 euros para costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación, a favor de doña Margarita Thais Castro Reyes contra Comercial Bonoro, Sociedad Limitada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dicho deposito queda exento todo litigante que sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027 0000 00, abierta en Banco Santander utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del procedi-

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miento, indicando en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO
6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social núnero ocho de Sevilla, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código 30 y Social-Reposición.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señora doña Asunción Rubio Rodríguez, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Doy fe.
La Magistrada-Jueza. La Secretaria Judicial.
Parte dispositiva Dispongo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 3.574,60 euros de principal, más 214,47 euros de intereses y 357,46
euros para costas, calculadas provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Líbrense oficios al Decanato de los Juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, accédase a la base de datos de la Agencia Tributaria a través de la terminal de este Juzgado, y al Servicio de Índices a fin de que informen sobre las cuentas corrientes y bienes inmuebles que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada Comercial Bonoro, Sociedad Limitada, con CIF número B93064194 y, obtenida dicha información, procédase al embargo telemático, a través del servicio de embargo de cuentas del punto neutro judicial, de los saldos y cuentas corrientes de las que aparece como titular la empresa ejecutada o, en su caso, líbrense los correspondientes oficios a las entidades financieras; procédase igualmente al embargo telemático de las cantidades a favor de la ejecutada, en concepto de devolución de Hacienda.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial, para que en el plazo de quince días, insten las diligencias que a su derecho interesen.
Notifíquese esta resolución a la ejecutada a través del BOP, junto con el auto de orden general de ejecución, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027 0000 00, abierta en Banco Santander utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del procedimiento, indicando en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 31 y Social-ReposiciónSecretario, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en Observacio-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 11/9/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data11/09/2014

Conteggio pagine40

Numero di edizioni6155

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione27/08/2026

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