Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/10/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de octubre de 2012

Número 194

DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN MÁLAGA
PATRIMONIO DEL ESTADO

Anuncio En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento General de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se hace público que, en cada uno de los expedientes abajo relacionados, ha sido incorporado auto judicial en el que se declara al Estado heredero abintestato de cada uno de los causantes que se indican, a fin de que las instituciones municipales del domicilio de cada causante, de beneficencia, instrucción, acción social o profesionales, así como las instituciones provinciales de los mismos caracteres, que se consideren con derecho a participar en cada herencia en los términos del artículo 956 del Código Civil, puedan presentar solicitud ante la Delegación de Economía y Hacienda en Málaga, en el plazo improrrogable de un mes desde la publicación de este anuncio. A tal efecto deberán adjuntar a dicha solicitud la siguiente documentación:
Acreditación de la persona que hace la solicitud.
Copia de los estatutos de la institución.
Certificación del registro correspondiente, con antigedad no superior a seis meses, acreditativa de:
Inscripción vigente de la institución en el registro correspondiente.
Haber sido declarada de utilidad pública en caso de asociaciones.
Ámbito de actuación de la institución según estatutos.
Memoria del último ejercicio de la institución o, alternativamente, certificación del órgano de gobierno de la institución en donde se declare haber desarrollado actividad efectiva en el municipio, o municipios, de la provincia, y extracto de las últimas cuentas aprobadas.
En su caso, certificación del órgano de gobierno de la institución, si el causante hubiera pertenecido a la misma por su profesión o dedicado a ella su máxima actividad.

EXPTE.

CAUSANTE

MUNICIPIO

5/1998
5/2006

M. LUISA MARTÍNEZ OREJÓN
FEDERICO GASPAR JIMÉNEZ

MÁLAGA
MÁLAGA

CUANTÍA
TERCIO PROVINCIAL
22.187 €
2.928 €

CUANTÍA
TERCIO MUNICIPAL
22.187 €
2.928 €

Málaga, 7 de septiembre de 2012.
El Delegado de Economía y Hacienda en Málaga, firmado: José María Rodríguez Abela.
1 1 5 0 9 /1 2
D

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

Resolución de publicación de concesión de ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional Por resolución de 15 de febrero de 2011 BOE de 16 de febrero, modificada por Resolución de 4 de abril de 2011 BOE de 7 de abril, del Servicio Público de Empleo Estatal, que regula la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo, establecidas en el Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero BOE de 12 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación de las personas desempleadas.
Por Resolución de 30 de agosto de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, BOE de 30 de agosto, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormente reseñadas.
Y mediante Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el Real Decreto-Ley 20/2011 de 30
de diciembre, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormente reseñadas.
Vistas las solicitudes presentadas y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial por delegación de la Directora General del Servicio Público de Empleo Estatal de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de las citadas resoluciones.
De conformidad con lo previsto en el artículo segundo, número 3, de las citadas Resoluciones, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.
ACUERDA conceder a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución las ayudas que en el mismo se especifican con expresión individualizada de su cuantía, por importe total de 5.549.784.48 euros.
Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482,26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal.
La cuantía mensual de esta ayuda para cada beneficiario será el 75 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en los términos establecidos en las resoluciones de 15 de febrero de 2011, de 30 de agosto de 2011 y de 15 de febrero de 2012 antes mencionadas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 114 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo octavo de las resoluciones de 15 de febrero de 2011, de 30 de agosto de 2011 y de 15 de febrero de 2012.
Málaga, 4 de septiembre de 2012.
El Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga: Luis E. Lorenzo Heptener.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/10/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/10/2012

Conteggio pagine48

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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