Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/8/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 27 de agosto de 2012

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 2 DE MÁLAGA
Procedimiento: Social ordinario 282/2011.
Sobre reclamación de cantidad.
De don José Darío Espinosa Moreno.
Contra Sistemas de Mantenimiento y Servicios Eman, Sociedad Limitada.
Edicto Doña Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 282/2011, a instancia de la parte actora, don José Darío Espinosa Moreno contra Sistemas de Mantenimiento y Servicios Eman, Sociedad Limitada, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 19 de junio de 2012, del tenor literal siguiente, Fallo: Que, estimando la demanda formulada por don José Darío Espinosa Moreno contra Sistemas de Mantenimiento y Servicios Eman, Sociedad Limitada, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de cinco mil setecientos veinte euros 5.720
euros, por los conceptos y periodos reclamados en su demanda. Cantidad en la que va incluido el 10% por el concepto de interés de mora.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia, o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Advirtiéndoles que en los escritos de anuncio e interposición, así como en los de impugnación, se hará constar un domicilio en la Sede de la Sala de lo Social del TSJA en Málaga, a efectos de notificaciones.
Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones 2950-0000-65-0282-11.
Al interponer el recurso acreditará igualmente el ingreso de 300
euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social.
Así, por esta mi sentencia juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a las demandadas Sistemas de Mantenimiento y Servicios Eman, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 13 de julio de 2012.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
9 5 9 7 /1 2
D

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 2 DE MÁLAGA
Procedimiento: 606/2010.
Ejecución número: 160/2012.
Negociado: E2.
De don Miguel Vertedor Sánchez.
Contra Revestimientos Malaka, Sociedad Limitada.
Edicto La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Málaga
Número 164

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 160/2012, sobre ejecución, a instancia de don Miguel Vertedor Sánchez contra Revestimientos Malaka, Sociedad Limitada, en la que, con fecha 13 de julio de 2012, se ha dictado decreto que, sustancialmente dice lo siguiente:
Decreto. Secretaria Judicial señora doña María Mercedes Pérez Lisbona.
En Málaga, a 13 de julio de 2012.
Antecedentes de hecho Primero. Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante, don Miguel Vertedor Sánchez y de otra como ejecutada, Revestimientos Malaka, Sociedad Limitada, se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 4 de junio de 2012, para cubrir la cantidad de 1.024,37 euros de principal más la cantidad de 163,9 euros, que se presupuestan para intereses y costas.
Segundo. Se ha practicado, sin pleno resultado, diligencia de embargo, desconociéndose tras las necesarias averiguaciones practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Tercero. Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba.
Cuarto. Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen bienes o derechos susceptibles de embargo, habiendo manifestado el graduado social de la parte actora que desconoce bienes susceptibles de embargo de la empresa ejecutada.
Fundamentos de derecho Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el artículo 250 de esta ley.
Segundo. En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia provisional de la ejecutada.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva Acuerdo a Declarar a la ejecutada Revestimiento Malaka, Sociedad Limitada, con CIF B92939297 en situación de insolvencia por importe de 1.024,37 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 163,9
euros para intereses y costas que prudencialmente se tasan, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación a Revestimiento Malaka, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/8/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data27/08/2012

Conteggio pagine32

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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