Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 22/8/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 22 de agosto de 2012
Número 161
hey contra Grupo Sol Paraiso Beach, Sociedad Limitada y Arrendamientos y Gestión de Hoteles, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Decreto número 302/12.
Secretaria Judicial doña María del Carmen Ortega Ugena.
En Málaga, a 9 de julio de 2012.
Parte dispositiva Acuerdo. Declarar a la ejecutada, Grupo Sol Paraiso Beach, Sociedad Limitada y Arrendamientos y Gestión de Hoteles, Sociedad Limitada, en situación de insolvencia total por importe de 19.705,75 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente.
La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación a las demandadas Grupo Sol Paraiso Beach, Sociedad Limitada y Arrendamientos y Gestión de Hoteles, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 9 de julio de 2012.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 13 DE MÁLAGA
Página 9
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente.
La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación a la demandada Talleres Linares, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 9 de julio de 2012.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 13 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 128/2012.
Negociado: 3.
Sobre reclamación de cantidad.
De Antonia Sánchez Torres.
Contra Epro 1, Sociedad Limitada.
Edicto Doña María del Carmen Ortega Ugena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número trece de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 128/2012 a instancia de la parte actora Antonia Sánchez Torres contra Epro 1, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Auto. En Málaga, a 6 de julio de 2012.
Dada cuenta y;
Parte dispositiva
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 64/2011.
Negociado: 3.
Sobre reclamación de cantidad.
De Ángel López Liranzo.
Contra Talleres Linares, Sociedad Limitada.
Edicto Doña María del Carmen Ortega Ugena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número trece de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 64/2011 a instancia de la parte actora Ángel López Liranzo contra Talleres Linares, Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Decreto 197/12.
Secretaria Judicial doña María del Carmen Ortega Ugena.
En Málaga, a 15 de mayo de 2012.
Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Talleres Linares, Sociedad Limitadas, en situación de insolvencia total por importe de 13.260,95
euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Epro 1, Sociedad Limitada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 3.930,84 euros en concepto de principal, más la de 628,93
euros, calculadas para intereses, costas y gastos.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante a fin de que, dentro del plazo de quince días, designen bienes de la ejecutada donde trabar embargo o inste las diligencias que a su derecho interesen.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Francisco José Trujillo Calvo, Magistrado-Juez de lo Social número trece de Málaga. Doy fe.
El Magistrado-Juez. La Secretaria.
Decreto. Secretaria Judicial doña María del Carmen Ortega Ugena.
En Málaga, a 6 de julio de 2012.
Parte dispositiva Primero. Se acuerda requerir a la ejecutada Epro 1, Sociedad Limitada, para que manifiesten a este Juzgado bienes o derechos de su