Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/2/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de febrero de 2012

NIF

EXPEDIENTE

RIVERA SOLER ANTONIO

31191811Q

29201000005706

294,81

RODRIGUEZ JIMENEZ FRANCISCO

32010004F

29201000005900

1.318,74

RUEDA VILLODRES MANUEL

25680324L

29201000005647

RUIZ FONSECA FCO ANTONIO

33379870Q

29201000005710

SANCHEZ MESTRES JUAN

38554194F

SHCHERBINA STEPAN

INTERESADOS

IMPORTE

TIPO
RECARGO

IMPORTE
CON RECARGO

PERIODO

Número 21

MOTIVO

3%
5%
10%
20%
3%
5%
10%
20%

303,65
309,55
324,29
353,77
1.358,30
1.384,68
1.450,61
1.582,49

11/06/2008 30/06/2008

JUBILACION

30/10/2007 30/12/2007

DEFUNCION

3%
5%
10%
20%

85,18
86,84
90,97
99,24

25/02/2008 28/02/2008

DEFUNCION

1.069,20

3%
5%
10%
20%

1.101,28
1.122,66
1.176,12
1.283,04

01/01/2009 10/02/2009

SUSPENSION PAGO CUOTAS MENSUALES DE
PAGO UNICO POR BAJA EN LA ACTIVIDAD

29201000005726

556,96

3%
5%
10%
20%

573,67
584,81
612,66
668,35

01/01/2009 30/01/2009

BAJA POR FALTA DE INSCRIPCION COMO
DEMANDANTE, TRAS CUMPLIMIENTO DE
SANCION

X3861094S

29201000005875

239,26

3%
5%
10%
20%

246,44
251,22
263,19
287,11

21/10/2009 30/10/2009

BAJA POR FALTA DE INSCRIPCION COMO
DEMANDANTE, TRAS CUMPLIMIENTO DE
SANCION

SPIEL CLAUDIA

X2279875T

29201000005813

357,87

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL.
SUSPENSION 1 MES

X6266110J

29201000005878

98,42

368,61
375,76
393,66
429,44
101,37
103,34
108,26
118,1

21/09/2009 30/09/2009

THIENEL BRIGITTE

3%
5%
10%
20%
3%
5%
10%
20%

17/08/2009 30/08/2009

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL.
SUSPENSION 1 MES

TORRES CORTES CARMEN

27382808C

29201000005737

379,61

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

24777733V

29201000005750

56,23

391
398,59
417,57
455,53
57,92
59,04
61,85
67,48

04/07/2009 30/07/2009

USAGRE ZORRILLA JOSE ANTON

3%
5%
10%
20%
3%
5%
10%
20%

27/06/2009 30/06/2009

COLOCACION POR CUENTA AJENA A TIEMPO
PARCIAL EN RENTA ACTIVA DE INSERCION

VEZ LUQUE M PILAR

25084570B

29201000005670

234,8

3%
5%
10%
20%

241,84
246,54
258,28
281,76

22/06/2009 30/06/2009

DEFUNCION

ZAMBRANO MORAN RONALD XAVIER

X6875983H

29201000005815

49,8

3%
5%
10%
20%

51,29
52,29
54,78
59,76

28/08/2009 30/08/2009

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL.
SUSPENSION 1 MES

82,7

1 5 5 /1 2
D
Remisión de resolución de percepción indebida del subsidio por desempleo Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de la protección por desempleo, arriba indicada, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por los motivos y periodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2, del art. 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta número 0049 5103 71 2516550943 del Banco Santander, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.
También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/1985.
Transcurridos los 30 días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el n.º 2, del artículo 33 del Real Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de 30 días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará de acuerdo con lo establecido en el n.º 2, del art. 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos:
Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 3 %.
Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 5 %.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/2/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/02/2012

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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