Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/2/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de febrero de 2012
Número 21
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
Remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones por desempleo Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de la protección por desempleo, arriba indicada, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por los motivos y periodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2, del art. 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta número 0049 5103 71 2516550943 del Banco Santander, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.
También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/1985.
Transcurridos los 30 días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el n.º 2, del artículo 33 del Real Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de 30 días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará de acuerdo con lo establecido en el n.º 2, del art. 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos:
Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 3 %.
Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 5 %.
Durante el tercer mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 10 %.
A partir del cuarto mes posterior al periodo de pago reglamentario, el 20 %.
Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
Málaga, 18 de noviembre de 2011.
El Director Provincial, Fernando Murillo Peñacoba.
Relación de resolución de percepción indebida de prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92
INTERESADOS
TIPO
RECARGO
NIF
EXPEDIENTE
IMPORTE
BENBALLA NAJAT
X7324340J
29201000005757
41,36
3%
5%
10%
20%
BENEDETTI ROBERTO JUAN
X5008197Q
29201000005721
25,24
CORRIGAN NOELEN MARGARET
X8153595A
29201000005888
DAVIES HELEN
X1853999S
DEL PINO TERROBA JOSE
IMPORTE
CON RECARGO
PERIODO
MOTIVO
42,6
43,43
45,5
49,63
13/02/2008 30/03/2008
COLOCACION POR CUENTA AJENA EN RENTA
ACTIVA DE INSERCION
3%
5%
10%
20%
26
26,5
27,76
30,29
29/08/2007 23/09/2007
COLOCACION POR CUENTA AJENA
340,11
3%
5%
10%
20%
350,31
357,12
374,12
408,13
21/10/2009 30/10/2009
NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES
29201000005935
1.423,61
3%
5%
10%
20%
1.466,32
1.494,79
1.565,97
1.708,33
25/08/2007 30/10/2007
DEFUNCION
25547736A
29201000005601
616,1
3%
5%
10%
20%
634,58
646,9
677,71
739,32
11/02/2008 28/02/2008
DEFUNCION
DELGADO VILLALBA FCO FELIPE
77191362G
29201000005786
13,79
3%
5%
10%
20%
14,2
14,48
15,17
16,55
15/08/2008 15/08/2008
TRASLADO ALEMANIA
DUMITRU VIRGIL
X5774665D
29201000005777
575,21
3%
5%
10%
20%
592,47
603,97
632,73
690,25
12/02/2007 28/02/2007
BAJA POR FALTA DE INSCRIPCION COMO
DEMANDANTE, TRAS CUMPLIMIENTO
DE SANCION
GAMEZ GUERRERO ANTONIA
78082864A
29201000005598
844,56
3%
5%
10%
20%
869,9
886,79
929,02
1.013,47
27/02/2008 30/03/2008
PASO SITUACION MATERNIDAD