Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/6/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de junio de 2011

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
NÚM. 1 DE MÁLAGA
Procedimiento abreviado 146/09.
Recurrente: Doña Ekaterina Markova.
Demandada: Subdelegación de Gobierno en Málaga.
Edicto Doña Rosa Burgos López, Secretaria Judicial del Juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Málaga, Hace saber: Que en el recurso contencioso-administrativo número 146/09, promovido por doña Ekaterina Markova, se ha dictado resolución, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Providencia de la Magistrada-Jueza doña Belén Sánchez Vallejo.
En Málaga, a 10 de mayo de 2011.
Dada cuenta; a la vista de la anterior diligencia requiérase a la recurrente, doña Ekaterina Markova, para que, en el plazo de diez días, nombre abogado, en forma admitida en derecho, comunicándole que en el caso de que la confiera mediante comparecencia apud acta, podrá realizarla en la Secretaría de este Juzgado todos los días de 11:00 a 13:00 horas, excepto los jueves por señalamiento, con los apercibimientos legales oportunos.
Asimismo, se acuerda por restructuración de los señalamientos en este Juzgado y a fin de evitar dilaciones innecesarias, se señala de nuevo la vista para el próximo día 9 de junio de 2011, a las 12:50 horas.
Cítese a las partes para dicho acto, advirtiendo a la parte demandante que si no comparece se le tendrá por desistida del recurso y se le condenará en costas y a la parte demandada que si no comparece se celebrará la vista en su ausencia.
Remítase oficio para la publicación de dicha notificación y citación a la recurrente mediante edicto en el BOP.
Notifíquese esta resolución haciendo saber que contra la misma cabe interponer recurso de súplica, por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente a su notificación.
Para la admisión del recurso deberá acreditarse la constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto número 2984 debiendo indicar en el apartado concepto del documento de ingreso que se trata de un recurso de súplica, seguido del código 20, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Ministerio Fiscal, Estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Lo manda y firma su señoría. Doy fe.
La Magistrada-Jueza. La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación a doña Ekaterina Markova, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 10 de mayo de 2011.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
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JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 1714/2008.
Negociado: 4.

Número 103

Sobre acción declarativa de dominio.
De doña M. Monsalud Luque Navarro y otros.
Procurador: Don José Carlos Garrido Márquez.
Contra don Antonio Moyano Peña.
Edicto Cédula de notificación En el procedimiento ordinario 1714/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, a instancia de doña M.
Monsalud Luque Navarro y otros contra don Antonio Moyano Peña, sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
Sentencia número 84/2010. En Málaga, a 23 de marzo de 2010.
Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, los presentes autos de juicio ordinario número 1714/08, seguidos a instancias de doña Monsalud Luque Navarro, don José Luque Navarro, doña Francisca Luque Navarro, doña Julia Luque Navarro, doña Victoria Luque Navarro, don Miguel Luque Navarro, doña Isabel Luque Navarro, doña Carmen Luque Navarro y don Juan Manuel Luque Navarro, representados por el procurador don José Carlos Garrido Márquez y dirigidos por el letrado don Francisco López Martínez, contra don Antonio Moyano Peña, declarando en rebeldía.
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda de juicio ordinario promovida por el procurador de los tribunales y de doña Monsalud Luque Navarro, don José Luque Navarro, doña Francisca Luque Navarro, doña Julia Luque Navarro, doña Victoria Luque Navarro, don Miguel Luque Navarro, doña Isabel Luque Navarro, doña Carmen Luque Navarro y don Juan Manuel Luque Navarro frente a don Antonio Moyano Peña, declarando el dominio de los actores sobre la vivienda sita en Málaga, calle Mari Pepa Estrada Segalerva, número 16, acordando la rectificación de los libros del Registro de la Propiedad número ocho de Málaga, inscribiendo, como finca independiente, el dominio de los actores sobre el referido inmueble, y practicando cuantas rectificaciones fueren menester, de conformidad y por los medios previstos en la Ley y el Reglamento Hipotecario, en la finca matriz de la que procede, finca registral número 9.853 del Registro de la Propiedad número ocho de Málaga, y ello sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna artículo 457.2 LEC.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto número 2958-0000-02-17142008, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO
6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Ministerio Fiscal, Estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el artíclo 497.2 de la LEC.
Inclúyase la misma en el libro de legajos dejando testimonio bastante en los autos.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Antonio Moyano Peña, extiendo y firmo la presente en Málaga, a 22
de junio de 2010.
El Secretario firma ilegible.
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/6/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/06/2011

Conteggio pagine52

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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