Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 12/11/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 12 de noviembre de 2004
Apellidos y nombre Labbiua Ali Mecic Sandu Cachiguango Saransig Luis A.
Cotacachi Lema M. Elena Farinango Tituaña Luis R.
Santander López Alcides Savenko Vladimir Safi Pipa Mohamed El Faghloumi Hicham Negru Petre Curt Aurelia Constantin Ionel Curt Costel Giraldo Agudelo Juan J.
Cercel Marian Stingaciu Viorel
NIE
X-2718423-F
X-5526592-Z
X-5072437-V
X-5593096-W
X-5593062-Z
X-5694531-F
X-5661513-V
X-5654361-H
X-5020239-Y
X-5048320-G
X-5469966-Z
X-5649627-E
X-5380907-B
X-5080004-V
X-5669542-L
X-5669695-B
Página 3
Nacionalidad
Comisaría
Fecha rsol.
N.º expte.
Argelia Rumanía Ecuador Ecuador Ecuador Paraguay Rusia Marruecos Marruecos Rumanía Rumanía Rumanía Rumanía Colombia Rumanía Rumanía
Marbella Fuengirola Vélez-Málaga Vélez-Málaga Vélez-Málaga Vélez-Málaga Vélez-Málaga Marbella Marbella Antequera Antequera Antequera Antequera Antequera Antequera Antequera
07/06/04
10/06/04
11/05/04
23/04/04
23/04/04
10/06/04
10/06/04
07/06/04
03/06/04
03/06/04
03/06/04
03/06/04
03/06/04
10/06/04
10/06/04
10/06/04
9659/04
9821/04
7464/04
5992/04
10064/04
10072/04
9696/04
9357/04
9361/04
9332/04
9364/04
9359/04
10039/04
10042/04
9957/04
El Subdelegado del Gobierno, firmado: Hilario López Luna.
11512/04
D
DERECHOS CIUDADANOS
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, en el Boletín Oficial de la Pr ovincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a las personas o entidades denunciadas.
Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el derecho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución, con los efectos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Expte.
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04/2347
04/2334
04/2328
04/2319
04/2311
04/2310
04/2308
04/2302
04/2301
04/2300
04/2350
Interesado
DNI
Localidad
Fecha
Art. LO 1/92, 21 febrero
Juan Jesús Lorente Cintora Juan José Heredia Meléndez Pablo Romero Ruiz Antonio Moreno García Juan Antonio Márquez Hidalgo Fco. Javier Calderón Fernández Daniel Bazalo Macho Juan Antonio Vidales Ruiz Jerónimo Miguel Barbo Núñez Antonio Sánchez de León Martín Rogelio Cruz Cáceres
74877110
26816110
44019785
74891860
74875898
25678468
26806005
25101858
70988860
53686924
25684045
Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga Málaga
14/07/2004
14/07/2004
14/07/2004
14/07/2004
13/07/2004
13/07/2004
13/07/2004
13/07/2004
13/07/2004
13/07/2004
16/07/2004
25.1
25.1
25.1
23.a 25.1
25.1
25.1
25.1
25.1
25.1
23.a
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, 26 de noviembre, LRJ-PAC.
Málaga, 5 de octubre de 2004.
El Secretario General, Miguel de Nova Pozuelo.
1 1 5 1 7 /0 4
D
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, en el Boletín Oficial de la Pr ovincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a las personas o entidades denunciadas.
Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el derecho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución, con los efectos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.