Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/5/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de mayo de 2003
Información pública
De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997, Ley del Sector Eléctrico de 27 de noviembre BOE 28-11-97 y Título VII del R.D.
1955/2000 de 1 de diciembre BOE 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se abre información pública sobre el expediente incoado en esta Delegación Provincial con objeto de autorizar la construcción y aprobar el proyecto de la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: Don Manuel Salazar Ruiz.
Domicilio: Calle Granada, 18. Alameda.
Finalidad: Línea aérea de alta tensión y centro de transformación para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Situación: Paraje Angostura. Alameda.
Características:
- Línea área de 25 KV, conductor de al-ac de 31,10 mm2 de sección y 576 m de longitud.
- Centro de transformación intemperie de 160 KVA.
Término municipal afectado: Alameda.
Presupuesto: 55.199,70 euros.
Referencia expediente: AT-8009.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en avenida de la Aurora, s/n, -Edificio Administrativo de Servicios Múltiples- 1.
planta, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Málaga, 4 de abril de 2003.
La Delegada Provincial, firmado: Isabel Muñoz Durán.
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D
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL


Visto el texto de la tabla salarial del sector Sidorometalúrgica de la provincia de Málaga, código de convenio 2900145, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, con fecha 12 de febrero de 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24
de marzo estatuto de los trabajadores, esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, acuerda:
1.º Ordenar su inscripción en el Registro de convenios de este organismo, con notificación a la Comisión Negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.
2.º Proceder al depósito del texto original de la tabla salarial en el centro de mediación, arbitraje, y conciliación de esta Delegación Provincial.
3.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Málaga, 13 de febrero de 2003.
La Delegada Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, firmado: Isabel Muñoz Durán.
Acta de la comisión paritaria del Convenio Siderometalúrgico de la provincia de Málaga En la ciudad de Málaga, siendo las 12:00 horas del día 11 de febrero de 2003, en la sede del sindicato Unión General de Trabajadores, se reúnen los señores al final relacionados, componentes de la comisión paritaria del citado convenio, para proceder a la revisión salarial del año 2002 y del incremento salarial para el año 2003 del Convenio Siderometalúrgico de la provincia de Málaga ,p u blicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 169 con fecha del 3 de septiembre de 2001, dando así cumplimiento a los artículos 40, 15 y 16 del convenio.
1. Se procede a la revisión económica del año 2002 de los siguientes artículos, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2.002:
Artículo 15. Salario Se adjunta tabla salarial con la revisión de la desviación del 2%, del IPC
previsto por el gobierno con el IPC real del año 2002, como Anexo 1.
Artículo 23. Plus de distancia y transporte Se abonará un plus de transporte de 27272 euros en el mes de junio y otro por igual cantidad en el mes de diciembre, prorrateado por semestre naturales.

Número 86

2. Se procede a la actualización económica de los siguientes artículos para el año 2003, con carácter retroactivo al 1 de enero del 2003:
Artículo 15. Salario Se adjunta tabla salarial para el año 2003 con un incremento del 2,50%, como Anexo 2.
Artículo 16. Cláusula de revisión salarial Al 31 de diciembre de 2003, los conceptos salariales vigentes al 31 de diciembre de 2002, se actualizarán en todo lo que el IPC real del año 2003 supere el IPC previsto por el gobierno y con carácter retroactivo al 1 de enero de 2003.
Artículo 20. Salidas viajes y dietas a Desde 8 km. Se establece una ayuda para comida cuya cuantía será de 5,01 euros.
d Dentro de la provincia, en localidades con Ayuntamiento propio o en distancias superiores a los 15 km. Desde el centro de trabajo se abonara media dieta en cuantía de 7,72 euros y completa de 24,63 euros.
cFuera de la provincia la dieta completa será de 29,60 euros.
dEn Ceuta y Melilla la dieta completa será de 34,06 euros.
eCuando se utilicen vehículos propios se pagara a 0,17 euros.
Artículo 21. Quebranto de moneda El importe máximo en concepto de quebranto de moneda es de 53,67 euros.
Los trabajadores de máquinas recreativas, tales como los recaudadore s ,p e rsonal de reparación y conservación, reparto del cambio y administrativo de cajas, percibirán una cantidad mensual de 53,67 euros.
Artículo 23. Plus de distancia y transporte Se abonará un plus de transporte de 279,54 euros en el mes de Junio y otro por igual cantidad en el mes de diciembre, prorrateado por semestre naturales.
Artículo 24. Plus por trabajos penosos, tóxicos o peligrosos y de jefe de equipo, festivos y montajes Los trabajadores de maquinas recreativas tales, como los recaudadores, personal de reparación y conservación, reparto del cambio y administrativos de cajas percibirán una cantidad mensual de 53,67
euros.
Aquellos tr abajadores que realicen su trabajo en altura percibirán una cantidad de 78,04 euros mensuales.
Las empresas de montaje y de tendido de líneas eléctricas, ferrocarriles, telefónicas, estructuras metálicas, y de mantenimiento de hospi tales públicos o privados, no abonaran el plus de altura anteriormente mencionado, y en su lugar abonaran un plus de montaje o plus de mantenimiento de hospitales, de 39,21 euros mensuales.
Los de turnos rotativos mañana, tarde y noche percibirán un plus de 68,16 euros mensuales.
Artículo 25. Ayuda escolar La ayuda escolar será de 61,14 euros, por curso e hijo comprendido en las edades de 3 a 18 años.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados anteriormente.
Titulares comisión paritaria FEMMA
José Manuel Aranda Pérez Agustín del Castillo Camblo Mariano Salobral González Francisco Pinto Domínguez
25.058.770
25.020.749
51.976.696
24.756.935

UGT
Francisco Javier Portillo Barba José Barranquero García
25.086.957
45.265.421

CC.OO
Francisco Javier Reyes Roldán Eugenio Luis González Peña
30.517.246
24.806.255

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/5/2003

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/05/2003

Conteggio pagine52

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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