Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 12

BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA8 de agosto de 2002

en nombre propio o en representación de
conforme acredito con poder bastanteado, enterado del concurso público convocado por el Ayuntamiento de Mijas, mediante procedimiento abierto para la contratación de las obras del remodelación de la avenida de México, Mijas-Pueblo, solicita su participación en el mismo, acompañando con la presente dos sobres, uno comprensivo de la documentación administrativa y otro con la proposición económica.
Mijas, 25 de junio de 2002.
El Alcalde firma ilegible.
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MIJAS
Edicto de notificación de subasta de bien El Ayuntamiento de Mijas en ejercicio de sus competencias, mediante el presente edicto procede a notificar el acuerdo de subasta dictado por el Tesorero en los expedientes administrativos de apremio seguidos contra el deudor que se indicará.
De conformidad con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre BOE de 3 de enero de 1991, por el cual se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento del deudor y demás personas a quienes interese, que en los expedientes administrativos de apremio correspondientes que se indicarán, se ha dictado providencia acordando la venta en subasta pública del bien embargado, en el trámite y realización de la cual se observarán las prescripciones de los artículos 147 y 148 del citado texto legal. El acto se celebrará en el Ayuntamiento, en el día y hora que se señalarán.
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente edicto y se convoca a los licitadores, a quienes se advierte de lo siguiente:
1. El bien embargado a enajenar es el que se detalla al final.
2. Todos los licitadores deberán constituir el depósito de garantía preceptivo ante la mesa de subasta, que será como mínimo el 20 por 100 del tipo de la subasta, con la advertencia de que este depósito se ingresará en firme en la Tesorería de la Administración si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
3. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se realiza el pago de la deuda, de los intereses y de las costas del procedimiento.
4. El mejor postor adjudicatario deberá librar en el acto de la adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes; la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación 5. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas, en sobre cerrado, al Ayuntamiento, hasta una hora antes de iniciar la subasta.
Las ofertas, que tendrán carácter de máximas, deberán ir acompañadas de un cheque conformado, extendido a favor del Ayuntamiento, por el importe del depósito.
6. En el supuesto de concurrencia de diferentes ofertas en sobre cerrado, empezará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta, y será adjudicataria la postura más alta, por el tramo superior a la segunda, en caso de no haber otras ofertas.
7. La devolución a los licitadores que efectuaron su oferta en sobre cerrado, que no sean adjudicatarios, se realizará mediante cheque extendido por el interventor y a cargo de la cuenta del Ayuntamiento.
8. La mesa de subasta podrá, cuando así lo considere pertinente y previa deliberación, acordar la realización de una segunda licitación, una vez finalizada la primera, del bien que no haya sido adjudicado.
9. Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán los que para cada caso se indicarán. Los títulos disponibles podrán ser examinados por los interesados, en el Ayuntamiento, hasta el día anterior al de la subasta, de 9:00 a 14:00 horas.

Número 152

10. Los licitadores deberán conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado en el expediente, y no tendrán derecho a exigir otros.
11. Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate.
12. El bien no enajenado en subasta podrán adjudicarse mediante venta por gestión directa, conforme al procedimiento establecido en el artículo 150 del Reglamento General de Recaudación.
13. En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente.
Recursos.
De reposición previo al contencioso administrativo ante el Sr.
Tesorero, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al que tenga efectividad la notificación de los citados actos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Suspensión del procedimiento.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los casos y condiciones previstos en el artículo 101
del Reglamento General de Recaudación.
En lo no previsto en este edicto se procederá de acuerdo con lo que se preceptúa en las disposiciones legales que regulan el acto y confieren algún derecho a favor de terceros.
Deudor: Don Antonio Lavado Jiménez.
Concepto: Expediente acumulativo de débitos n.º 71/96.
Importe total del débito: 18.460,98 .
Descripción del bien a enajenar:
Suerte de tierra situada en el partido de Valtocado, de este término de cabida de unas cuatro fanegas de terreno, para pastos, ni casa ni albergue, que linda por el norte, con don Antonio López Díaz; sur, don Antonio Cortés Leiva; levante, don Cristóbal Nuñez González, y poniente, Cristóbal Machuca López.
U.T.M.: 485.508.1.02.001.
Derechos del deudor: Dueño por compra.
Valoración de la finca: 207.672,47 .
Cargas: La finca descrita no mantiene cargas preferentes.
Tipo de subasta: 207.672,47 .
Los títulos acreditativos del dominio u otros derechos que tenga el deudor se encuentran en poder del Ayuntamiento, los cuales podrán ser examinados por aquellas personas interesadas, en días y horas a convenir, hasta el día anterior al de la subasta.
La subasta de este bien tendrá efecto el día 10 de octubre de 2002, a las 11:00 horas.
Mijas, 27 de junio de 2002.
El Recaudador, firmado: Pedro Muñoz Díaz.
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MIJAS
Notificación edictal de valoración de bien En el expediente administrativo expediente acumulativo n.º 35/94 que se instruye en esta Recaudación, contra la deudora que se indicará, debe ser notificada la valoración del bien embargado, como actuación previa a la enajenación de los mismos, de conformidad con lo que dispone el artículo 139.3 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre BOE
3-1-91.
No habiéndose podido practicar la notificación personal, a pesar de haberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 8/8/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data08/08/2002

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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