Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 14/2/2002
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 14 de febrero de 2002
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIADE OBRAS PUBLICAS YTRANSPORTES
DELEGACION PROVINCIALDE MALAGA
COMISION PROVINCIALDE ORDENACION
DELTERRITORIO YURBANISMO
Ante la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, se ha presentado para su trámite, por el procedimiento previsto en el artículo 16.3.2. del R. D. Legislativo 1/92, de 26 de junio asumido por el artículo único de la ley 1/97 de Andalucía y artículo 44.2 del Reglamento de gestión urbanística, el expediente que seguidamente se relaciona:
AD-222/01.Proyecto para la construcción de vivienda unifamiliar en cortijo El Campillo Entrerríos, en el término municipal de Mijas, promovido por don Toten Adolfo Comas Bacardi.
Considerando que el referido expediente reúne los requisitos de admisibilidad para su trámite por el procedimiento indicado, se somete el mismo a información pública a fin de que puedan formularse las alegaciones que se consideren oportunas, en el plazo de 15 días contados a partir de la presente publicación.
Las alegaciones podrán ser presentadas en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, sita en calle Compositor Lehmberg Ruiz, número 18, donde se encuentra el expediente a efectos de examen.
Málaga, 17 de septiembre de 2001.
El Delegado Provincial, Vicepresidente de la Comisión, firmado:
Enrique Salvo Tierra.
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D
CONSEJERIADE EMPLEO YDESARROLLO TECNOLOGICO
DELEGACION PROVINCIALDE MALAGA
RESOLUCION de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, autorizando la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites establecidos en la ley 54/1997 del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-11-97 y en el título VII de R. D. 1955/2000 de 1 de diciembre BOE de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante resolución de 17 de enero de 2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJAde 17-02-2001, ha resuelto:
Autorizar la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Peticionario: Juan Francisco Mejías Ruiz.
Domicilio: Calle Viento, 2, Mollina Málaga.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica al paraje denominado Las Canteras en los términos municipales de Mollina y Antequera.
Características:
- 2.587 m de línea aérea media tensión 20 KV, conductor Al-ac de 31,10 mm2 de sección y apoyos metálicos normalizados.
- Centro de transformación, tipo exterior, con unidad transformadora de 50 KVA.
Términos municipales afectados: Mollina y Antequera.
Presupuesto: 6.391.000 pesetas, 38.410,68 euros.
Referencia: AT-7449.
Número 31
Condiciones 1.-Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2.-El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3.-La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4.-Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo.
5.-El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6.-En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalaciones que alimenta.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la ley 4/1999 de 13 de enero.
Málaga, 15 de enero de 2002.
La Delegada Provincial, firmado: Isabel Muñoz Durán.
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D
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
DELEGACION PROVINCIALDE MALAGA
Declaración de impacto ambiental sobre el Proyecto de explotación de la concesion directa ampliación a Torre de las Palomas, promovido por la mercantil Sociedad Financiera y Minera, S. A., en el municipio de Málaga 1.-Objeto de la Declaración de Impacto Ambiental.
La ley 7/1994, de 18 de Mayo, de Protección Ambiental, establece en su art. 11 la necesidad de someter al requisito de Evaluación de Impacto Ambiental las actuaciones públicas o privadas que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que se hallen comprendidas en su anejo Primero, siendo preceptiva la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental previamente a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de las obras y acciones proyectadas.
Dado que esta actuación está contemplada en los epígrafes 14
tanto del anejo primero de la citada ley 7/1994 como del anejo al Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, es por lo que se formula la presente Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Decreto anteriormente referido.
En el anejo II de la presente Declaración de Impacto Ambiental se describen las características básicas del Proyecto, las previsiones de afección ambiental y las medidas protectoras que aparecen reflejadas en el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y sus anejos.
2.-Tramitación.
El procedimiento aplicado es el descrito en el precitado Decreto 292/1995; al tratarse de una actuación que afecta exclusivamente a la