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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 1/2/2021 (Suplemento 1)
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 1 de febrero de 2021
Página 61
autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones y una Autorización administrativa de construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
Cuarto. El título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
Vistos los preceptos citados, esta Delegación del Gobierno.
R es u elve Otorgar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación del expediente AT-E-16796 con las siguientes características:
Finalidad: Proyecto de ejecución de reforma de PT 7027 J. ISLA, para distribución de energía eléctrica.
Situación: Barriada Los Llanos.
Características Sustitución del actual transformador de 50 kVA por uno de 100 kVA.
Términos municipal afectado: Álora.
Referencia expediente: AT-E-16796.
C on d icion es 1.Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4.Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por ella misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir, en su caso, acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. En el caso de que la reforma consista en la modificación de un elemento de la instalación actualmente en servicio, y al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes, bajo la responsabilidad del director facultativo, se autoriza la puesta en tensión de dicho elemento de la instalación durante quince días desde la fecha del descargo de la misma, mientras se tramita el acta de puesta en marcha definitiva. Para ello, previamente se deberá comunicar a esta Delegación del Gobierno la fecha de descargo.
8. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Se le comunica, que contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Hacienda
CVE: 20210201-01082-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 20