Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 4/1/2019 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 4 de enero de 2019

Página 36

Tercero. El artículo 53 de la Ley 24/ 2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de distribución es necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones y una autorización administrativa de construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
Cuarto. El Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
Vistos los preceptos citados, esta Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo R es u elve Otorgar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación del expediente ATE-16225, con las siguientes características:
Finalidad: Proyecto de ejecución de reforma del CT 109929 Secc.Bombeo.Quinta, para distribución de energía eléctrica.
Situación: Calle Jalón.
Características:
Instalación de 2 celdas de línea con aislamiento y corte en SF6.
Instalación de equipo de telemando.
Término municipal afectado: Benahavís.
Referencia: ATE-16225.
C on d icion es 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además, la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir, en su caso, acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. En el caso de que la reforma consista en la modificación de un elemento de la instalación actualmente en servicio, y al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes, bajo la responsabilidad del director facultativo, se autoriza la puesta en tensión de dicho elemento de la instalación durante quince días desde la fecha del descargo de la misma, mientras se tramita el acta de puesta en marcha definitiva. Para ello, previamente se deberá comunicar a esta Delegación Territorial la fecha de descargo.
8. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

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Número 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 4/1/2019 (Suplemento 1)

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaeseSpagna

Data04/01/2019

Conteggio pagine38

Numero di edizioni4118

Prima edizione20/02/2001

Ultima edizione02/06/2024

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