Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 3/12/2018 (Suplemento 1)

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 232

Lunes, 3 de diciembre de 2018

Página 95

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: Juicio verbal 250.2 1042/2016.
Negociado: 2.
Sobre responsabilidad civil.
De Consorcio de Compensación de Seguros.
Contra don José Manuel Hurtado Salido.
Ed icto
En el procedimiento juicio verbal 250.2 1042/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, a instancia de Consorcio de Compensacion de Seguros contra don José Manuel Hurtado Salido, sobre responsabilidad civil, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Sentencia número 183/2017.
En Málaga, a 27 de septiembre de 2017.
Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, los presentes autos de juicio verbal número 1042/16, seguidos a instancias de Consorcio, representado y dirigido por el Letrado del Estado, contra don José M.
Hurtado Salido, declarado en rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad.
Fallo: Que, estimando la demanda presentada por el Consorcio de Compensación de Seguros contra don José Manuel Hurtado Salido, debo condenar a este último a abonar a la actora la suma de ochocientos cuarenta y dos euros con ochenta y cuatro céntimos 842,84 euros, más los intereses legales, y ello con imposición de las costas del juicio al mismo.
Conforme a la disposición transitoria única de la Ley 37/2011, de 10 octubre 2011 el 31
de octubre de 2011, esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno artículo 455.1
LEC.
Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el artículo 497.2 de la Lec.
Inclúyase la misma en el libro de legajos dejando testimonio bastante en los autos.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora MagistradaJueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Málaga, a 27 de septiembre de 2017.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Manuel Hurtado Salido, extiendo y firmo la presente en Málaga, a 16 de octubre de 2018.
La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Araceli Rodríguez Víbora.
7924/2018
D

Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
CVE: 20181203-07924-2018 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Cédula de notificación

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 3/12/2018 (Suplemento 1)

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaeseSpagna

Data03/12/2018

Conteggio pagine21

Numero di edizioni4116

Prima edizione20/02/2001

Ultima edizione26/05/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031