Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 31/7/2007 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Número 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 31 de julio de 2007

12. Mediante el presente anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
13. En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.
Contra el presente acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE del día 29, significándole que el procedimeinto de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, BOE del día 27, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.
En Málaga, a 19 de julio de 2007.
El Recaudador Ejecutivo, José Manuel Segura Sanagustín.
9 1 9 7 /0 7
D

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA NÚM. 01

Edicto de anuncio de subasta de bienes inmuebles N.º documento: 29 01 603 07 008616289.
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01 de Málaga Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que con el número 29 01 05 00130431 se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Miguel Ángel Alba Fernández, con NIF 74849881-S, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:
Providencia: Una vez autorizada, con fecha 19 de junio de 2007, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 13 de septiembre de 2007, a las 11:00 horas, en C/ Ingeniero de la Torre Acosta, n.º 5, 1. planta, de Málaga, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121
del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio BOE del día 25.
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta son los indicados en el punto primero.
Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1. Que los bienes embargados a enajenar responden al siguiente detalle:
20% de la nuda propiedad con carácter privativo de: Piso vivienda tipo A, en planta quinta del edificio en esta ciudad en
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el pasaje de San Fernando, sin número, que hace esquina a la calle Cuarteles, por donde se demarca con el número 17. Tiene una superficie construída de 105 metros cuadrados.
Titulares: Rosario Alba Fernández, casada con Juan José García Rodríguez; María Isabel Alba Fernández, casada con Antonio Silva Hernández; Carlos Leandro Alba Fernández, Inmaculada Concepción Alba Fernández y Miguel Ángel Alba Fernández;
todos y cada uno de ellos propietarios de un 20% de la nuda propiedad con carácter privativo, y María Isabel Fernández Rojas, dueña del 100% del usufructo con carácter privativo.
Inscripción: Finca número 4840/A del Registro de la Propiedad número 4 de Málaga, al tomo 2.388, libro 606, folio 39.
Importe de tasación: 36.000,00 euros.
Cargas que quedan subsistentes:
Unicaja, S. A. Importe: 18.233,35 euros.
Tipo de subasta: 17.766,65 euros.
En todo caso, quedarán subsistentes íntegramente las cargas y gravámenes preferentes al derecho anotado de la Seguridad Social.
2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha ley.
3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.
4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta el día hábil anterior a la subasta. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.
5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.
6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.
7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.
9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5
del artículo 120 del citado reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 31/7/2007 (Suplemento 1)

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaeseSpagna

Data31/07/2007

Conteggio pagine48

Numero di edizioni4688

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