Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco del 26/2/2019
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Source: Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco
BOLETIN LABORAL
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL VALLE CUAUTITLAN-TEXCOCO
Tlalnepantla de Baz a 26 de febrero del 2019
TOMO I
AÑO XXIII
No. 036
EXPEDIENTE: J.2/731/2018
TERESA TOLENTINO GIL
VS
PROMOTORA DE SERVICIOS NAUCALPAN, S.A. DE C.V. Y/O
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO A VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.---------------------------------------------------CONVOCATORIA
En virtud de que la C. TERESA TOLENTINO GIL, ha demandado ante la junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, la muerte del C. JOEL ENRIQUE CANALES LUNA, y al mismo tiempo demanda el pago de las prestaciones a que tuvo derecho el trabajador fallecido por medio de la presente y con fundamento en el artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo SE: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONVOCA
A todos lo que crean tener derecho a ser declarados beneficiarios del trabajador fallecido para que dentro de un término de t reinta días a partir de la fecha en que aparezca publicada la presente comparezca ante la Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, sitio en: AV. SAN IGNACIO No. 2, COLONIA LOS
REYES IZTACALA EN TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, a deducir sus derechos.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se hace del conocimiento del público en general que el C. JOEL ENRIQUE CANALES LUNA, prestaba sus servicios para,PROMOTORA DE SERVICIOS NAUCALPAN, S.A. DE
C.V. Y/o QUIEN RESULTE RESPONSABLE O PROPIETARIO DE LA FUENTE DE TRABAJO Así mismo de que la muerte del trabajador ocurrió el día diecinueve de octubre del dos mil dieciocho y que se han señalado las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DÍA CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo una audiencia de CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, PRUEBAS Y RESOLUCIÓN ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se expide la presente para su debida publicación en Naucalpan, Estado de México, a diecisiete días del mes de enero del dos mil diecinueve.---------------------------------------------
LIC. GLADIS ORTIZ RIVERO
SECRETARIO DE ACUERDOS