Boletín Judicial del Estado de Baja California del 13/6/2022

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Source: Boletín Judicial del Estado de Baja California

11. Carta compromiso de ajustarse a las reglas que se determinen para el desarrollo del proceso de selección.
12. Escrito en el que bajo protesta de decir verdad, manifieste el aspirante encontrarse en pleno goce de sus derechos políticos y civiles; y que no padece enfermedades transmisibles que constituyan un peligro para la salubridad y dificulten gravemente el desempeño de las funciones respectivas al cargo que se concursa. Art. 60 fracción VII de la Constitución Local 13. Escrito en el que bajo protesta de decir verdad, manifieste el aspirante no haber ocupado cargo de elección popular, ni de alguna dirigencia de algún partido político, o haber fungido como titular de una dependencia o entidad de la administración pública federal, estatal o municipal, o Consejero de la Judicatura, durante el año previo al presente proceso. Art. 60 fracción VIII de la Constitución Local 14. Fotografía tamaño credencial reciente, de frente y a color.

Ahora bien, las funcionarias y funcionarios jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado que tengan más de DIEZ
AÑOS desempeñando en forma ininterrumpida alguna de las categorías establecidas en el artículo 199 fracciones II a VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado cargos jurisdiccionales, se les exenta de presentar los documentos enlistados en los números 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10, los indicados en los numerales 4, 5 y 6 se consideraran con independencia de la fecha de expedición, para lo cual deberán solicitar dicha verificación a través del correo electrónico: carrera.judicial@pjbc.gob.mx, a más tardar a las catorce treinta horas 14:30 horas del día quince 15 de junio del dos mil veintidós, para obtener respuesta por el mismo medio a más tardar el día dieciséis 16 de junio del presente año, de lo contrario, se tomarán en cuenta únicamente los documentos que la o el participante presente con motivo de este proceso.
Del mismo modo, las funcionarias y funcionarios jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado que tengan menos de DIEZ AÑOS desempeñando alguna de las categorías establecidas en el artículo 199 fracciones II a VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se les exenta de presentar los documentos que se indican en los números 2, 3, 9 y 10, siempre y cuando, obren y soliciten la verificación correspondiente en los términos precisados con antelación, sin lo cual únicamente se consideraran los documentos que el participante presente con motivo de este proceso.
La presentación de la solicitud implica, necesariamente, que la o el solicitante conoce los requisitos exigidos para la inscripción y participación en el concurso así como su conformidad con ellos.
Así mismo, se hace del conocimiento que no se admitirán solicitudes ni documentos fuera del plazo en que se les hubiere agendado la cita.
CUARTA. DE LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EJERCICIO PROFESIONAL.
La o el participante podrá presentar cualquiera de los documentos que se indican en la presente base, tendientes a acreditar actividad profesional continua de cuando menos diez años, a que se refiere la fracción IV del artículo 60 de la Constitución Local; documentos de los cuales se advierta el periodo laborado de inicio a fin, los cargos que hubiere ocupado o bien la práctica constante y continua de la profesión:
a Para acreditar el ejercicio libre de la profesión: Original o copia certificada de las promociones en las que se desprenda que el participante es el abogado patrono, debidamente selladas de recibido por la instancia que corresponda y acompañadas del proveído correspondiente.
Las cartas o documentos en los que hagan constar que el participante prestó sus servicios como abogado litigante o bien que pertenece a algún colegio, asociación o barras de abogados, por si solas carecen de validez.
b Para acreditar el ejercicio profesional en el Poder Judicial del Estado: Original o copia certificada de aquellos nombramientos en los cuales se desprenda el ejercicio profesional de licenciado en derecho o abogado así como la fecha de inicio y culminación del cargo que desempeñe, o en su caso carta de servicios expedida por la autoridad legalmente facultada para ello.
c Para acreditar el ejercicio profesional en las diversas dependencias públicas: Original o copia certificada de los nombramientos en los cuales se desprenda el ejercicio profesional de licenciado en derecho o abogado así como la fecha de inicio y culminación del cargo que desempeñe, o en su caso carta de servicios expedida por la autoridad legalmente facultada para ello.
Las situaciones no previstas en la presente base serán resueltas por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California.
QUINTA. VERIFICACIÓN DE LAS SOLICITUDES, DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA.
La Comisión de Carrera Judicial verificará que las solicitudes contengan todos los datos necesarios, y que estén acompañadas de los documentos precisados en la base tercera, sin los cuales las solicitudes serán rechazadas.
El Consejo a través de la Comisión de Carrera Judicial podrá llevar a cabo las indagaciones que estime pertinentes para verificar en todo momento la certeza e idoneidad de la información proporcionada así como valorar los documentos presentados por los aspirantes con la cooperación de instituciones públicas o privadas, en caso de estimarlo necesario.

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Boletín Judicial del Estado de Baja California del 13/6/2022

TitoloBoletín Judicial del Estado de Baja California

PaeseMessico

Data13/06/2022

Conteggio pagine76

Numero di edizioni2349

Prima edizione01/08/2005

Ultima edizione08/06/2024

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