Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 01/08/2025
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
P-2101600A
Plaza de los Mineros, 4
21270 Cala - Huelva
Normativa autonómica de la Junta de Andalucía relativa a ordenanzas municipales y régimen de ocupación de vías públicas, aplicable en la provincia de Huelva.
Artículo 3. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Artículo 4. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos contribuyentes de esta Tasa, las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en los supuestos previstos en el artículo anterior.
Artículo 5. Autorización previa
Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 01/08/2025 a las 00:00:09 - Nº BOP: 147/25
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación BOPxs25147jvI+34dLtT0IOGs= en https verifirma.diphuelva.es
Diputación Provincial de Huelva. Boletín Oficial de la Provincia
Se requerirá autorización municipal para la ocupación de terrenos públicos con veladores, conforme al artículo 27.1 de la Ley 7/1985.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación necesaria para evaluar la ubicación, dimensiones y condiciones de seguridad.
Artículo 5. Condiciones para la ocupación 1. La ocupación respetará la normativa sobre accesibilidad Ley 8/2017, de 8 de noviembre, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas en Andalucía.
2. Se mantendrá un paso libre para peatones y personas con movilidad reducida.
3. No se podrá ocupar zonas reservadas para uso prioritario público o elementos urbanos accesos, hidrantes, paradas de transporte, zonas de carga y descarga.
4. El mobiliario deberá ser seguro, desmontable y estar en buen estado.
5. Cuando la acera sea relativamente estrecha, si la vía pública en cuestión es mayor a 5
m, se podrá ocupar parte de la calzada, quedando debidamente señalizada, siendo esta visible y fácil de identificar, especialmente en condiciones de poca luz. Debiéndose retirar una vez cerrado el establecimiento para dejar libre la calzada.