Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 17/11/2022

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

11308

17 de Noviembre de 2022

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 220

Llerena Maestre, con D.N.I. número , con domicilio a estos efectos en las ocinas de la Entidad de Conservación La Monacilla, en el término municipal de Aljaraque, sitas en Club de Golf de la Monacilla s/n.
COMPARECEN
Don David Toscano Contreras, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque Huelva, en su calidad de Alcalde-Presidente.
Don Luis Alberto Llerena Maestre en nombre y representación de la Entidad de Conservación la Monacilla, en calidad de Presidente, con domicilio social en el domicilio social de la Entidad de Conservación de la Monacilla, sita en Avda. Pirineos s/n. Club de Golf de la Monacilla, de éste término municipal de Aljaraque.
Ostenta su representación en virtud de las facultades, que declara vigentes, conferidas en virtud del acuerdo de la Entidad de Conservación de la Monacilla.
Y Da. Miriam Fernández Bardallo, en calidad de Secretaria Acctal. de la Corporación Municipal, para dar fe pública del presente acto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Ambas partes se reconocen capacidad suciente para adoptar el presente CONVENIO URBANÍSTICO y en su virtud EXPONEN
I.- Las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de Aljaraque establecieron para el desarrollo del sector del Plan Parcial Residencial Nº11 que unica los anteriores planes números 6 y 7, que la conservación de la urbanización corriera a cargo de los propietarios, debiéndose crear para ello, de una Entidad de Conservación.
II.- Que aprobado denitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de Octubre de 2002, el Plan Parcial Residencial Nº11, y recepcionadas las obras de urbanización del sector por el Ayuntamiento, la Alcaldía-Presidencia acuerda en fecha 9 de Enero de 2006, la aprobación de la constitución de la Entidad de Conservación de la Monacilla y de sus Estatutos, de conformidad con los arts. 68, 69 y 70 del Reglamento de Gestión Urbanística del Suelo, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de Agosto.
III.- Que la conservación de la urbanización se ha estado realizando ajustándose a lo que establecen los Estatutos de la Entidad de Conservación de la Monacilla, surgiendo bajo este marco normativo, discrepancias en cuanto a la asunción del coste del suministro de agua de riego de las zonas longitudinales ajardinadas del sector.
IV.- Que como consecuencia de dichas discrepancias, al AlcaldíaPresidencia, en fecha 4 de Agosto de 2017, acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Entidad de Conservación contra la resolución por la que se acordaba que la asunción del coste del suministro de agua de riego para dichas zonas longitudinales ajardinadas, no serían asumidas por el Ayuntamiento, desestimando la suspensión del acto administrativo.
V.- Que en fecha 30 de Mayo de 2019, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº1 de Huelva, dicta sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto por la Entidad Urbanística de Conservación, contra la desestimación municipal del recurso anteriormente referenciado en el expositivo IV, anulando la citada Resolución al interpretar, en base a los dictámenes periciales obrantes en el proceso judicial, que las zonas laterales a las bandas de aparcamiento son zonas ajardinadas longitudinales, no dieren en su composición, tratamiento y acabado del resto de jardines y zonas verdes y dictaminándose en vía judicial que en los Estatutos no se recoge la obligación de que dicha Entidad de conservación, se haga cargo del coste del riego y suministro del agua VI.- Que en fecha 12 de Julio de 2021, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dicta Sentencia desestimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Aljaraque y raticando la Sentencia dictada el 30 de Mayo de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº1 de Huelva.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 17/11/2022 a las 00:02:10
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsvsPNxmnLUgSQnPaYrLmEVQ== en https verifirma.diphuelva.es

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 17/11/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaeseSpagna

Data17/11/2022

Conteggio pagine74

Numero di edizioni2324

Prima edizione02/01/2014

Ultima edizione19/06/2023

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930